07.01.2015 Views

CONTRATO DE CONCESIN TUMBES - Proinversión

CONTRATO DE CONCESIN TUMBES - Proinversión

CONTRATO DE CONCESIN TUMBES - Proinversión

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

señalado en el numeral 9.2.c, se reconocerá al CONCESIONARIO por seis<br />

semestres consecutivos pagos linealmente decrecientes calculados según la<br />

siguiente fórmula:<br />

Z i<br />

=<br />

( ISGreferenciales) − Ereferenciales) *(6 − i)<br />

/ 6<br />

Z, es el Pago Semestral a efectuar al CONCESIONARIO a partir del año 2010, en el<br />

supuesto establecido en el presente numeral. A este pago se le incluirá el Impuesto<br />

General a las Ventas.<br />

ISG referenciales, corresponden al menor valor de los Ingresos Semestrales<br />

Garantizados correspondientes a cualquier semestre calendario conprendido entre el<br />

Segundo Semestre del Año 2005 y el Primer Semestre del Año 2009, de acuerdo a lo<br />

establecido en el numeral 9.2.a<br />

E referenciales, corresponden al mayor valor de Ingresos Efectivos Netos<br />

correspondientes a cualquier semestre calendario comprendido entre el Primer<br />

Semestre del Año 2005 y el Primer Semestre del Año 2009.<br />

i, es el número que indica el semestre en evaluación, correspondiendo el 1 al primer<br />

semestre del 2006 y el 10 al último semestre del 2012.<br />

CAPÍTULO 10<br />

RÉGIMEN <strong>DE</strong> <strong>CONTRATO</strong>S<br />

10.1 Principios Generales<br />

Los contratos de provisión de bienes, servicios y locaciones de obra, deberán ser<br />

celebrados por el CONCESIONARIO de modo tal que, ejerciendo su libertad de<br />

gestión inherente a la asunción del riesgo asumido, asegure el cumplimiento de los<br />

objetivos de calidad y eficiencia que persigue la Concesión.<br />

La ineficiencia en la contratación o la celebración de contratos por montos<br />

superiores a los de mercado no habilitará, en ningún caso, la modificación de los<br />

valores tarifarios y precios.<br />

El CONCESIONARIO se obliga a no otorgar durante la vigencia del Contrato,<br />

ventajas ni preferencias de ningún tipo en la contratación y ejecución de Obras, y de<br />

provisión de bienes y servicios, especialmente a Empresas Vinculadas. De<br />

contratar con Empresas Vinculadas, el CONCESIONARIO deberá llevar contabilidad<br />

separada en la contratación y ejecución de Obras y de provisión de servicios con<br />

Empresas Vinculadas.<br />

10.2Continuidad de los contratos<br />

56

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!