CONTRATO DE CONCESIN TUMBES - Proinversión
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En todos los contratos de ejecución continuada que celebre el CONCESIONARIO<br />
con terceros, EL CONCESIONARIO se obliga a obtener la inclusión de una cláusula<br />
que permita a EL CONCE<strong>DE</strong>NTE, o a cualquier otro concesionario que lo<br />
reemplace, asumir la posición del CONCESIONARIO a través de una cesión, en<br />
caso de finalización del presente Contrato por cualquier causa, posibilitando la<br />
continuación del mismo.<br />
A la extinción de la Concesión, cualquiera fuere su causa, deberán establecerse los<br />
medios respecto de la transferencia de los contratos vigentes de modo de garantizar<br />
la continuidad del Servicio. No se transferirán los contratos que prevean sólo<br />
obligaciones pendientes a cargo del CONCESIONARIO.<br />
10.3 Procedimientos especiales<br />
Las contrataciones de Obras, y de provisión de bienes y servicios que sean<br />
financiadas mediante préstamos de organismos financieros internacionales, deberán<br />
ser llevadas a cabo de conformidad con los procedimientos que se hubieren<br />
establecido en los respectivos contratos de préstamo.<br />
Las contrataciones a que se refiere el párrafo precedente se efectuarán y<br />
supervisarán de acuerdo a los mecanismos, procedimientos y estipulaciones que se<br />
indican en el Anexo 6.<br />
10.4 Cumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos<br />
Todas las obligaciones y compromisos asumidos por el CONCESIONARIO deberán<br />
ser ejecutados bajo su exclusiva responsabilidad. En este sentido, resultarán<br />
inoponibles a EL CONCE<strong>DE</strong>NTE los convenios y contratos que celebre el<br />
CONCESIONARIO con terceros, así como los incumplimientos de los contratistas<br />
bajo tales acuerdos, en cuya virtud el CONCESIONARIO pretenda limitar su<br />
responsabilidad o justificar el incumplimiento de sus obligaciones contraídas bajo<br />
este Contrato.<br />
CAPÍTULO 11<br />
RÉGIMEN <strong>DE</strong> PERSONAL<br />
11.1 Disposiciones generales<br />
En sus relaciones con el personal el CONCESIONARIO deberá ajustarse a<br />
las normas laborales vigentes en la República del Perú<br />
11.2 Obligaciones respecto al personal<br />
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