CONTRATO DE CONCESIN TUMBES - Proinversión
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mayor brevedad y con el menor costo posible, la prestación del servicio, después<br />
de la ocurrencia de los hechos descritos en la Cláusula 4.3.1.<br />
CAPÍTULO 5<br />
<strong>DE</strong>RECHOS Y OBLIGACIONES <strong>DE</strong>L CONCESIONARIO<br />
5.1 Derechos<br />
5.1.1 El CONCESIONARIO, tendrá los derechos que surgen de lo establecido en<br />
el presente y en las Normas Legales Aplicables, durante el plazo íntegro de<br />
la Concesión, especialmente referidas a:<br />
a) Exclusividad.- Gozar de exclusividad para prestar el Servicio en el Ámbito de<br />
la Concesión<br />
b) Atribuciones de las Empresas Prestadoras de Servicios .- Ejercer todos los<br />
derechos y facultades previstas para las Empresas Prestadoras de Servicios,<br />
de conformidad con las Normas Legales Aplicables y con las Normas<br />
Regulatorias.<br />
c) Cobro por los servicios prestados.- Cobrar por los Servicios de Saneamiento<br />
las Tarifas aprobadas y los precios por Servicios Colaterales que se<br />
autoricen, ejerciendo las facultades de corte o restricción de los Servicios por<br />
falta de pago, de conformidad con las Normas Legales Aplicables En tal<br />
sentido, EL CONCESIONARIO estará facultado para participar en todos los<br />
aspectos que las Normas Regulatorias prescriben en la fijación de las<br />
Tarifas, para la Etapa Final.<br />
d) Modificaciones a la estructura tarifaria.-Solicitar al Organismo Regulador,<br />
cambios en el nivel y la estructura tarifaria vigente de acuerdo a las Normas<br />
Regulatorias y a lo establecido en el Contrato.<br />
e) Cobro de intereses.- Cobrar de intereses por mora y gastos derivados de las<br />
obligaciones no canceladas a su vencimiento de acuerdo a la tasa<br />
establecida por el Banco Central de Reserva, de conformidad con las<br />
Normas Legales Aplicables<br />
f) Suspensión del servicio.- Suspender el servicio del Usuario, sin necesidad<br />
de previo aviso, ni de intervención del Organismo Regulador, en caso de<br />
incumplimiento en el pago de dos (2) meses consecutivos, así como cobrar<br />
el costo de suspensión y reposición del Servicio.<br />
g) Anulación de conexiones.- Anular las conexiones no autorizadas de agua<br />
potable y alcantarillado sin perjuicio de las sanciones y cobro que por el uso<br />
clandestino del Servicio hubiere lugar.<br />
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