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Memoria_2012_Metro_de_Madrid_Espaxol

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Cuentas AnualesE) ARRENDAMIENTOS.Los arrendamientos que, al inicio <strong>de</strong> los mismos, transfieren a la Sociedad sustancialmente losriesgos y beneficios inherentes a la propiedad <strong>de</strong> los activos, se clasifican como arrendamientosfinancieros y en caso contrario se clasifican como arrendamientos operativos.La modificación <strong>de</strong> las cláusulas <strong>de</strong> los contratos <strong>de</strong> arrendamiento, diferente <strong>de</strong> la renovación,que implique una clasificación diferente, si se hubiera consi<strong>de</strong>rado al inicio <strong>de</strong>l contrato, sereconoce como un nuevo contrato durante el plazo residual. Sin embargo los cambios <strong>de</strong> estimacióno modificaciones en las circunstancias no suponen una nueva clasificación.e.1. Arrendamiento financieroEn las operaciones <strong>de</strong> arrendamiento financiero en las que la Sociedad actúa como arrendatario,se presenta el coste <strong>de</strong> los activos arrendados en el Balance <strong>de</strong> Situación según la naturaleza<strong>de</strong>l bien objeto <strong>de</strong>l contrato y, simultáneamente, un pasivo por el mismo importe. Dichoimporte será el menor entre el valor razonable <strong>de</strong>l bien arrendado y el valor actual al inicio <strong>de</strong>larrendamiento <strong>de</strong> las cantida<strong>de</strong>s mínimas acordadas, incluida la opción <strong>de</strong> compra, cuandono existan dudas razonables sobre su ejercicio. No se incluirán en su cálculo las cuotas <strong>de</strong> caráctercontingente, el coste <strong>de</strong> los servicios y los impuestos repercutibles por el arrendador. Lacarga financiera total <strong>de</strong>l contrato se imputa a la cuenta <strong>de</strong> Pérdidas y Ganancias <strong>de</strong>l ejercicioen que se <strong>de</strong>venga, aplicando el método <strong>de</strong>l tipo <strong>de</strong> interés efectivo. Las cuotas <strong>de</strong> caráctercontingente se reconocen como gasto <strong>de</strong>l ejercicio en que se incurren.Los activos registrados por este tipo <strong>de</strong> operaciones se amortizan con criterios similares a losaplicados al conjunto <strong>de</strong> los activos materiales, atendiendo a su naturaleza.e.2. Operaciones <strong>de</strong> venta con arrendamiento posterior.Las operaciones <strong>de</strong> venta <strong>de</strong> activos conectados a operaciones <strong>de</strong> arrendamiento posterior quereúnen las condiciones propias <strong>de</strong> un arrendamiento financiero, se consi<strong>de</strong>ran operaciones <strong>de</strong>financiación por lo que no se modifica la naturaleza <strong>de</strong>l activo y no se reconoce ningún resultado.e.3. Arrendamiento operativoLas cuotas <strong>de</strong>rivadas <strong>de</strong> los contratos <strong>de</strong> arrendamiento operativo se cargan a la cuenta <strong>de</strong>Pérdidas y Ganancias <strong>de</strong> forma lineal durante el plazo <strong>de</strong>l arrendamiento.F) INSTRUMENTOS FINANCIEROS.Los instrumentos financieros se clasifican en el momento <strong>de</strong> su reconocimiento inicial como unactivo financiero, un pasivo financiero o un instrumento <strong>de</strong> patrimonio propio, <strong>de</strong> conformidadcon el fondo económico <strong>de</strong>l acuerdo contractual y con las <strong>de</strong>finiciones <strong>de</strong> activo financiero,pasivo financiero o <strong>de</strong> instrumento <strong>de</strong> patrimonio.121

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