AGROPERÚ Informa Edición N° 15
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INFORME
Revista AGROPERÚ | Nº 15 | 2021 | Lima - Perú 73
centración de las tierras en pocas
manos, con secuelas de pobreza y
conflictos sociales, que persistieron
durante la independencia y
parte de la vida republicana.
Reformas agrarias
militares
El 21 de mayo de 1964 se promulgó
la Ley de Reforma Agraria,
que venía precedida por movimientos
campesinos de tomas de
tierras, principalmente, en el valle
de La Convención, Cusco, donde la
Junta Militar de 1962 decretó una
reforma agraria que afectó solo a las
haciendas de esa provincia, como
una medida paliativa, pero que no
resultó eficaz.
Frente a esta situación, el
gobierno militar del General E.P.
Juan Velasco Alvarado, expidió, el
24 de junio de 1969, el Decreto Ley
17716-Ley de Reforma Agraria,
que transformó radicalmente el
régimen de la tenencia de la tierra,
en favor de los trabajadores
de campo en general.
Lo que propone
la II reforma
Bajo este concepto, el gobierno
del Sr. Pedro Castillo Terrones,
puso en marcha el 3 de octubre, en
el Cusco, la segunda reforma agraria
(que inicialmente generó zozobra
en un gran sector del empresariado),
que consiste en la aplicación
de medidas o proyectos de promoción
y desarrollo de las distintas
áreas en la que se desenvuelve el
agro (capacitación, asistencia técnica
y tecnología para garantizar
la seguridad alimentaria, infraestructura
de riego, asociatividad,
crédito, Servicio Civil del Sector
Agrario, mercado de productores y
compras estatales, repoblamiento
ganadero, articulación gubernamental
e industrialización) para los
más de 2 millones quinientos mil
pequeños productores (que practican
la agricultura familiar), los
mismos que aún no logran salir de
la pobreza a pesar de los esfuerzos
que realizan el Estado, y el sector
privado, (ONGs), desde hace más de
cincuenta años.
Belaúnde legalizó
la parcelación
Como antecedente, tenemos
que los distintos gobiernos anteriores
han expedido diversas
leyes y decretos supremos dirigidos
en unos casos, a ratificar la
nueva estructura de propiedad,
como el Decreto Legislativo Nº
02-1980-Ley de Promoción y
Desarrollo Agrario, promulgado
el 17 de noviembre de 1980, por el
Arq. Fernando Belaúnde Terry,
y refrendado por su ministro
de Agricultura, Nils Ericsson
Correa, y reglamentada por
Decreto Supremo 147-1981-AG,
que legalizó la parcelación de tierras
con el correlato de la disolución
de más de 560 cooperativas
agrarias de producción, la desaparición
de 60 S.A.I.S, y la creación
de 403 comunidades campesinas
adjudicatarias de tierras.
Posteriormente se expidieron
otros dispositivos legales, como
la Ley 26505-Ley de Tierras
(gobierno de Alberto Fujimori),
para modernizar la agricultura,
y últimamente la Ley 30355-
Ley de Promoción y Desarrollo
de la Agricultura Familiar (4 de
noviembre del 2015), así como
otras leyes orgánicas del ministerio
de Agricultura referidos a su
adecuación a la nueva realidad
para lograr modernizar y convertir
a la ahora denominada agricultura
familiar, en un actor del
desarrollo nacional.
Esfuerzos de
recientes gobiernos
Cabe destacar el esfuerzo del
anterior Minag (actual Midagri),
a través de sus OPDs, como:
AgroRural, AgroIdeas, PSI, Sierra
y Selva Exportadora, Senasa,
Proabonos, Marenass, Incagro, etc,
por orientar recursos y trabajos a
la agricultura familiar, con estrategias
similares a las señaladas por
el actual gobierno.
Los nueve ejes
de la II reforma
Como parte de la segunda
reforma agraria, el gobierno del
Prof. Pedro Castillo, plantea ejecutar
nueve ejes en el lapso de cinco
años, sobre algunos de los cuales va
nuestro siguiente comentario:
Baja productividad
1) Seguridad alimentaria: La disponibilidad
suficiente, oportuna
y permanente de alimentos
para la población, se alcanzará
con la producción nacional
elevando el rendimiento
de los principales cultivos, que
en la actualidad son bajos, en
comparación con otros países
productores: ejemplo la papa,
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