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Destrucción a toda costa

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Puertos© GreenpeacePuerto de Algeciras.Entre los cambios propuestos por el Ministeriode Fomento destacan:■ La incorporación de un nuevo apartado 3 alartículo 47, que habilita a las autoridadesportuarias a realizar la facultad de deslindeque otorga a la Administración del Estado laLey de Costas. Esto supone que la potestadde deslinde del dominio público marítimoterrestre,que hasta ahora estaba reservadaal Ministerio de Medio Ambiente, pase a serejercida por cada una de las autoridades portuarias,abriendo así la puerta a que los bienesque el Estado había cedido a los organismosportuarios para su gestión, sean ahoraconvertidos en patrimonio de cada puerto.■ Se modifica el artículo 2 de la Ley para quelas autoridades portuarias incorporen comorecursos propios los ingresos procedentesde la “enajenación de sus activos”. Dentrode éstos se incluyen, como hemos visto enel punto anterior, los terrenos del dominiopúblico que el Estado les había cedido parasu gestión. Por lo tanto, el dominio públicopasa de ser un bien común y público que lasadministraciones tenían el deber de gestionara ser un recurso económico de los puertosque pueden enajenar, es decir, ceder otransmitir a quien consideren oportuno.espacios portuarios y establece que debenincluirse en él los espacios necesarios paralas futuras ampliaciones de cada puerto enun horizonte de diez años. De esta forma sefaculta a las autoridades portuarias a reclamarel dominio público marítimo-terrestreque “pudieran necesitar en el futuro”. Sobradecir que, si se hace acopio de terrenos costerosque luego se descubren innecesarios,los dos artículos anteriores facultan a quelos organismos portuarios incorporen estosterrenos a su patrimonio y procedan a suenajenación.■ En cuanto al procedimiento para la elaboracióndel Plan de utilización de espaciosportuarios, se reduce de dos a uno losinformes que debe emitir la Dirección Generalde Costas (se elimina el informe referentea la protección del dominio público marítimo-terrestre).El informe del Ministerio deMedio Ambiente contendrá “observacionesy sugerencias para que, en su caso, seantomadas en consideración”, pero no serádecisivo para la aprobación del plan.El Ministerio de Medio Ambiente, incomprensiblemente,defiende <strong>toda</strong>s estas modificacionesen un escrito dirigido a Greenpeace.■ El artículo 96 del nuevo texto propuestohace referencia al Plan de utilización de los22

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