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Destrucción a toda costa

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Análisis por Comunidades Autónomas© Greenpeace/ArmestreEn Aguamarga, 48 hectáreas del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar serán destruidas.Aguamarga. La mercantil Marinas de AguamargaSA ha comenzado las obras de una urbanizaciónde 12,2 hectáreas y ha presentado elplan parcial para construir una segunda de48,25 en una zona doblemente protegida. Elpromotor de la urbanización, Federico EchevarríaSainz, fue contratado por el Ayuntamientode Níjar para elaborar el planeamiento urbanísticodel municipio. El PORN de 1994 clasificóla zona con el grado B2, por lo que la fincadesapareció como urbanizable en la revisiónde las Normas Subsidiarias de Níjar en 1995.Los propietarios recurrieron esta decisión y elTribunal Superior de Justicia de Andalucía lesdio la razón. La Junta de Andalucía no recurrióla sentencia ante el Tribunal Supremo amparandoasí la destrucción de 48 hectáreas dentrodel Parque Natural Cabo de Gata-Níjar.Ecologistas en Acción ha presentado unaqueja ante la Comisión Europea por estoshechos. La denuncia se basa en que la zonadonde se proyecta la urbanización, incluido uncampo de golf, se ubica en un Lugar de InterésComunitario (LIC) y en una Zona de EspecialProtección para las Aves (ZEPA). De acuerdocon la Directiva Hábitat y la Directiva paralas Aves, no es legal construir una urbanizaciónen esos terrenos aunque dispongan desentencia firme.En una reciente reunión con la Consejería deMedio Ambiente, los responsables de la Juntareconocieron que el proyecto incumple la normativacomunitaria y que su adecuación a laDirectiva de Hábitats implica la anulacióncompleta del proyecto.El Algarrobico (Carboneras). Aunque tarde, eltiempo nos ha dado la razón. Las obras deconstrucción del hotel que la constructoraAzata SA llevaba a cabo en la misma playa deEl Algarrobico (Carboneras), son ilegales y elhotel será demolido.La Junta de Andalucía ha tardado en ver loque para Greenpeace y el resto de los gruposecologistas estada claro: la ilegalidad delhotel. Dos hechos explican claramente estailegalidad: el PORN del Parque Natural Cabode Gata-Níjar de 1994 define el área donde sesitúa el hotel como zona no urbanizable y, porotro lado, 72 de los 100 metros de la servidumbrede protección que determina la Ley deCostas eran invadidos por el proyecto, tal ycomo quedó reflejado en los sucesivos informesde la Dirección General de Costas.A pesar de que el PORN declara el entorno dela playa como no urbanizable, el plan urbanísticoparcial de esta zona, aprobado seisaños antes por el Ayuntamiento de Carboneras,incluía la construcción del hotel, incurriendoen contradicción. Tal disyuntiva sesoluciona acudiendo a la Ley 4/89 de Conservaciónde los Espacios Naturales y de la Flora44

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