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superior a las pérdidas en las que dicho sistema habría incurrido en caso de liquidación<br />
con arreglo al procedimiento de insolvencia ordinario.<br />
BCE: medidas temporales<br />
adicionales relativas<br />
a los bonos de titulización<br />
y a determinados créditos<br />
para ser activos<br />
admisibles en las<br />
operaciones de política<br />
monetaria<br />
Se ha publicado la Orientación BCE/2014/31, de 9 de julio (DOUE del 13 de agosto) (en<br />
adelante, la Orientación), sobre medidas temporales adicionales relativas a las operaciones<br />
de financiación del Eurosistema y a la admisibilidad de los activos de garantía, y por<br />
la que también se modifica la Orientación BCE/2007/9 10 .<br />
La Orientación refunde en un solo texto la Orientación BCE/2013/4 11 , junto con sus modificaciones<br />
posteriores relativas a medidas temporales de este tipo, y añade otras nuevas<br />
disposiciones. Al igual que en los casos anteriores, dichas medidas deberán aplicarse<br />
temporalmente hasta que el Consejo de Gobierno considere que ya no son necesarias<br />
para asegurar un mecanismo adecuado de transmisión de la política monetaria.<br />
La novedad más relevante es la posibilidad de que los BCN puedan aceptar determinados<br />
valores representativos de deuda a corto plazo 12 , emitidos por sociedades no financieras<br />
establecidas en la zona del euro que, aunque no se ajusten a los criterios de selección del<br />
Eurosistema para los activos negociables, cumplan determinados criterios y medidas de<br />
control de riesgos especificados por el Consejo de Gobierno, que, entre otros, son los<br />
siguientes: 1) no estar admitidos a negociación en un mercado regulado de acuerdo con<br />
los criterios del Eurosistema; 2) reunir los requisitos de elevada calidad crediticia establecidos<br />
por el BCN correspondiente, y 3) cumplir los criterios de selección del Eurosistema<br />
para activos negociables establecidos en el anejo I de la Orientación BCE/2011/14 13 .<br />
Por otro lado, se reduce del 32 % al 22 % el recorte de valoración aplicable a los bonos de<br />
titulización emitidos antes del 20 de junio de 2012, cuyos activos subyacentes incluyan<br />
préstamos hipotecarios 14 , préstamos a pymes 15 o ambos, exigiendo que cuenten con dos<br />
evaluaciones de, al menos, triple B.<br />
Finalmente, la refundición recoge lo establecido en la Decisión BCE/2013/6, de 20 de<br />
marzo, en relación con la elegibilidad, hasta el 1 de marzo de 2015, de los bonos bancarios<br />
garantizados por Gobiernos cuando su emisor mantenga vínculos estrechos con el<br />
aportante de los valores. Asimismo, la refundición establece el marco regulador de la<br />
elegibilidad por parte de los distintos BCN de los bonos bancarios de uso propio garantizados<br />
por un Estado miembro sujeto a un programa de la Unión Europea/Fondo Monetario<br />
Internacional 16 o por un Estado miembro cuya valoración crediticia no alcance el<br />
10 La Orientación BCE/2007/9, de 1 de agosto, sobre las estadísticas monetarias y de instituciones y mercados<br />
financieros.<br />
11 La Orientación BCE/2013/4, de 20 de marzo, sobre medidas temporales adicionales relativas a las operaciones<br />
de financiación del Eurosistema y a la admisibilidad de los activos de garantía.<br />
12 Los valores representativos de deuda a corto plazo son instrumentos de deuda que tienen un vencimiento no<br />
superior a 365 días.<br />
13 La Orientación BCE/2011/14, de 20 de septiembre, sobre los instrumentos y procedimientos de la política<br />
monetaria del Eurosistema.<br />
14 En los préstamos hipotecarios, además de los préstamos para la adquisición de vivienda garantizados por una<br />
hipoteca, se incluyen también los que no tengan una hipoteca si la garantía debe abonarse inmediatamente en<br />
caso de incumplimiento. Dicha garantía puede prestarse mediante diferentes modalidades contractuales, incluidos<br />
los contratos de seguro, siempre que sean suscritos por entidades del sector público o entidades financieras<br />
sujetas a supervisión. La evaluación crediticia del garante, a efectos de dichas garantías, deberá<br />
equivaler a la categoría 3 de calidad crediticia en la escala de calificación armonizada del Eurosistema durante<br />
la vigencia de la transacción.<br />
15 Las pymes son entidades que, independientemente de su forma legal, realizan una actividad económica cuyo<br />
volumen de negocios anual o, en su caso, del grupo consolidado es inferior a 50 millones de euros.<br />
16 Actualmente están sujetos Grecia y Chipre.<br />
BANCO DE ESPAÑA 149 BOLETÍN ECONÓMICO, OCTUBRE 2014 REGULACIÓN FINANCIERA: TERCER TRIMESTRE DE 2014