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D.S. 081-2007-EM - osinergmin

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disposiciones del Reglamento.b) Propuestas para la Ampliación del Sistema de Transporte y para mejoras del Servicio deTransporte.Artículo 10º.- Plazo de evaluación de la solicitud de prórroga de la ConcesiónLa solicitud de prórroga que cumpla con los requisitos legales exigidos, deberá resolverse en unplazo máximo de noventa (90) Días, contados a partir de la fecha de su presentación. De noresolverse en este plazo se dará por aprobada.La DGH de considerar procedente la solicitud de prórroga, acordará con el Concesionario suscondiciones, gestionando la expedición de la respectiva Resolución Suprema que apruebe elconvenio de otorgamiento de la prórroga y designe al funcionario que debe intervenir en lacelebración del mismo a nombre del Estado, siguiéndose el trámite previsto en los Artículos 27º,28º, 29º y 30º.Concordancias:D.S. Nº <strong>081</strong>-<strong>2007</strong>-<strong>EM</strong>: Art. 27º al 30º.Artículo 11º.- Oportunidad para solicitar la prórroga de la ConcesiónVencido el plazo de cuatro (4) años de que trata el Artículo 8º sin que el Concesionario hayacursado la solicitud de prórroga, se entenderá que al vencimiento del Contrato de Concesióncesará su derecho de Concesión.No obstante lo establecido en el párrafo anterior, el Concesionario tendrá derecho a participar enla licitación o concurso público que se convoque a fin de otorgar nuevamente la Concesión.Artículo 12º.- Formas de otorgar la ConcesiónEl procedimiento para otorgar la Concesión para la prestación del Servicio de Transporte, podráser:a) Por licitación o concurso público.b) Por solicitud de parte.Artículo 13º.- Facultad para determinar el procedimiento para otorgar la Concesión porlicitaciónTratándose de licitación o concurso público, la DGH u otro organismo público designado conformea ley, determinará el procedimiento a seguir para el otorgamiento de una Concesión.Artículo 14º.- Aprobación de bases y otorgamiento de la buena proLas bases de la licitación o concurso público a que se refiere el Artículo 12º inciso a), seránaprobadas por la DGH u otro organismo público designado conforme a ley. La DGH o elorganismo público, según sea el caso, otorgarán la buena pro al postor ganador, procediéndoseconforme a los Artículos 27º, 28º, 29º y 30º.Concordancias:D.S. Nº <strong>081</strong>-<strong>2007</strong>-<strong>EM</strong>: Art. 27º al 30º.Artículo 15º.- Requisitos para la Concesión por solicitud de parteEn el caso de requerimiento de una Concesión por solicitud de parte, el interesado debe presentar

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