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LOS PROYECTOS DE REFORMA POLÍTICA DE BRAVO MURILLO EN PERSPECTIVA

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Juan Ignacio Marcuello Benedicto<br />

parlamentaria, impuesta a la Corona, de elegir los Ministros<br />

entre los que se llaman notables de la mayoría de la Cámara<br />

electiva, so pena, si el Rey obra de otro modo, de poder negar<br />

a su Gobierno los medios para sostener hasta las más sagradas<br />

obligaciones del Estado.<br />

S. Tejada, frente a ese embrión de régimen parlamentario<br />

que, según él, cobijaba tácitamente el proyecto de reforma<br />

constitucional del Ministerio, defendería como alternativa el<br />

deber «reconocerse en el Rey el supremo derecho de gobernar y<br />

dirigir la Monarquía con arreglo a las leyes fundamentales de la<br />

misma», en el marco de una Monarquía «limitada» en que las<br />

Cortes quedasen ceñidas a una estricta concurrencia legislativa,<br />

–«un gobierno monárquico sobre leyes fundamentales que lo<br />

moderen con la intervención puramente legislativa de las altas<br />

clases y de los propietarios del Reino», remarcando taxativamente:<br />

Esta es, y no la reforma que se ofrece, la interior organización<br />

que los Poderes públicos deben tener en España, librando<br />

al Rey de la humillante condición a que hoy le reducen las<br />

prácticas parlamentarias; es decir, una colección de máximas indeterminadas,<br />

que no habiéndose atrevido ninguna revolución<br />

a inscribirlas en la ley fundamental, se imponen a los Tronos<br />

como suplemento necesario de las Constituciones, para someter<br />

las atribuciones de la soberanía gubernativa de los Monarcas<br />

a la votación numérica de las Asambleas electivas, que no<br />

pueden ofrecer, y menos entre nosotros, dirección acertada y<br />

consecuente a ningún Gobierno. 48<br />

48 Discurso de S. Tejada en Dsc, Congreso de los Diputados, Legislatura 1844-45, núm.<br />

28. Comentado y reproducido en «Estudio preliminar» y Apéndice documental, respectivamente,<br />

en Juan Ignacio Marcuello Benedicto, La Constitución de 1845, op. cit., págs.<br />

45-71 y 270-286.<br />

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