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AMNISTÍA INTERNACIONAL

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En mayo, las mismas autoridades amputaron<br />

los dedos de la mano a otro hombre<br />

declarado culpable de robo. En agosto, un<br />

funcionario judicial de Teherán anunció que<br />

varios hombres habían recurrido contra su<br />

condena de amputación de cuatro dedos de<br />

una mano. En diciembre, las autoridades<br />

judiciales de la Prisión Central de Urmía<br />

amputaron cuatro dedos de la mano derecha<br />

a dos hermanos declarados culpables de<br />

robo a mano armada.<br />

JUICIOS INJUSTOS<br />

Los juicios, incluidos aquellos en los que se<br />

imponían condenas a muerte, eran<br />

generalmente injustos. El poder judicial no<br />

era independiente. El Tribunal Especial para<br />

el Clero y los tribunales revolucionarios<br />

continuaban siendo especialmente<br />

propensos a recibir presión de las fuerzas de<br />

seguridad y los servicios de inteligencia para<br />

que dictasen sentencias condenatorias e<br />

impusieran penas severas.<br />

Las autoridades que ejercían facultades<br />

judiciales, en especial las del Ministerio de<br />

Inteligencia y la Guardia Revolucionaria,<br />

violaban sistemáticamente las disposiciones<br />

sobre el debido proceso contenidas en el<br />

Código de Procedimiento Penal de 2015,<br />

como las que protegían el derecho a<br />

asistencia letrada desde el momento de la<br />

detención y durante la investigación y el<br />

derecho a guardar silencio. Con frecuencia<br />

se negaba a los abogados defensores el<br />

acceso pleno al sumario y se les impedía<br />

reunirse con las personas a las que<br />

representaban hasta poco antes del juicio.<br />

Los presos preventivos eran sometidos a<br />

menudo a reclusión prolongada en régimen<br />

de aislamiento, con poco o ningún acceso a<br />

sus familias y abogados. Se utilizaban<br />

“confesiones” obtenidas mediante tortura<br />

como prueba en los juicios. Era frecuente<br />

que los jueces dictaran sentencias sin<br />

fundamentar, y el poder judicial no daba a<br />

conocer públicamente las resoluciones de los<br />

tribunales.<br />

La fiscalía aplicaba el artículo 48 del<br />

Código de Procedimiento Penal para impedir<br />

que los detenidos tuvieran acceso a un<br />

abogado de su elección, alegando que<br />

éste no estaba en la lista de letrados<br />

aprobados por el presidente de la<br />

Magistratura, a pesar de que no se había<br />

publicado ninguna lista oficial.<br />

Varias personas de nacionalidad extranjera<br />

e iraníes de doble nacionalidad estaban<br />

recluidas en la prisión de Evin de Teherán<br />

con poco o ningún acceso a sus familias, a<br />

abogados y a funcionarios consulares. Todas<br />

ellas habían sido condenadas a largas penas<br />

de cárcel por cargos imprecisos como<br />

“colaborar con un gobierno hostil” en juicios<br />

manifiestamente injustos ante los tribunales<br />

revolucionarios. Las autoridades las habían<br />

acusado de estar implicadas en un “proyecto<br />

de infiltración” orquestado en el extranjero,<br />

encaminado al “derrocamiento blando” del<br />

gobierno de Irán, aunque, en realidad, las<br />

sentencias condenatorias parecían derivarse<br />

del ejercicio pacífico de su derecho a la<br />

libertad de expresión y de asociación.<br />

LIBERTAD DE RELIGIÓN O DE<br />

CREENCIAS<br />

Los miembros de minorías religiosas —como<br />

las comunidades bahaí, sufí y yaresaní (Ahl e<br />

Haq), las personas conversas al cristianismo<br />

y los musulmanes suníes— sufrían<br />

discriminación en la legislación y en la<br />

práctica en aspectos como la educación, el<br />

empleo y la herencia, y eran perseguidos por<br />

practicar su fe.<br />

Las autoridades hicieron un discurso de<br />

odio y permitieron la comisión con<br />

impunidad de crímenes de odio contra la<br />

minoría bahaí, además de enjuiciar y<br />

encarcelar a decenas de personas<br />

pertenecientes a ella acusándolas de cargos<br />

falsos, relacionados con la seguridad<br />

nacional, por practicar pacíficamente sus<br />

creencias religiosas. No se investigaron las<br />

denuncias de tortura de 24 bahaíes en la<br />

provincia de Golestán. Las autoridades<br />

clausuraron por la fuerza decenas de<br />

negocios de propiedad bahaí y detuvieron a<br />

estudiantes bahaíes que las habían criticado<br />

públicamente por negarles el acceso a la<br />

educación superior.<br />

Informe 2016/17 Amnistía Internacional 247

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