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AMNISTÍA INTERNACIONAL

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los poderes de excepción estuvieran<br />

utilizándose de manera desproporcionada.<br />

En varios Estados europeos se<br />

incorporaron al derecho penal ordinario<br />

medidas que en otro tiempo se consideraban<br />

excepcionales, como la ampliación del<br />

periodo de detención sin cargos por<br />

presuntos delitos de terrorismo en Eslovaquia<br />

y Polonia, y la propuesta de hacer lo mismo<br />

respecto a todos los delitos en Bélgica. En<br />

Países Bajos y Bulgaria se presentaron al<br />

Parlamento propuestas para introducir<br />

medidas de control administrativo dirigidas a<br />

restringir la libertad de circulación sin<br />

autorización judicial previa. Los primeros en<br />

aplicar tales medidas de control, equivalentes<br />

en algunos casos a arresto domiciliario,<br />

fueron Reino Unido y Francia. La decisión de<br />

imponerlas se basaba en expedientes de<br />

seguridad secretos, por lo que en la práctica<br />

las personas afectadas no podían<br />

impugnarlas pese a los efectos perjudiciales<br />

para su vida y su familia.<br />

Se procesó a cientos de personas por<br />

delitos de disculpa o enaltecimiento del<br />

terrorismo, conculcando su derecho a la<br />

libertad de expresión, sobre todo en Francia<br />

y, en menor grado, en España, a menudo por<br />

comentarios publicados en redes sociales.<br />

Una propuesta de directiva de la UE para<br />

combatir el terrorismo, que al final del año<br />

seguía pendiente de aprobación, daba paso a<br />

la proliferación de tales leyes. En Alemania se<br />

presentó una propuesta para prohibir el<br />

impreciso acto de “promoción del<br />

terrorismo”, y en Bélgica y Países Bajos se<br />

presentaron al Parlamento sendos proyectos<br />

de ley que establecían delitos parecidos.<br />

En toda Europa, los Estados reforzaron<br />

considerablemente sus poderes de vigilancia,<br />

desobedeciendo reiteradas resoluciones del<br />

Tribunal de Justicia de la Unión Europea y<br />

del Tribunal Europeo de Derechos Humanos,<br />

según las cuales la vigilancia secreta y la<br />

interceptación y conservación de datos de<br />

comunicaciones violaban el derecho a la<br />

privacidad si no se basaban en una sospecha<br />

razonable de actividad delictiva grave ni se<br />

ejercían en la medida estrictamente<br />

necesaria para contribuir de manera efectiva<br />

a combatir esa actividad. Ambos tribunales<br />

habían declarado en repetidas ocasiones que<br />

la legislación nacional sobre vigilancia debía<br />

ofrecer garantías suficientes frente al uso<br />

indebido, como la autorización previa de un<br />

tribunal u otra autoridad independiente.<br />

Reino Unido fue posiblemente el Estado que<br />

introdujo el conjunto de facultades de<br />

vigilancia masiva y selectiva de mayor<br />

alcance con la aprobación de la Ley de<br />

Poderes de Investigación en noviembre.<br />

Conocida popularmente como “ley del<br />

fisgón”, permitía un amplio conjunto de<br />

imprecisas prácticas de interceptación,<br />

interferencia y conservación de datos e<br />

imponía a las empresas privadas nuevas<br />

obligaciones sobre el almacenamiento de<br />

datos de comunicaciones. Todas las<br />

atribuciones que establecía la nueva ley,<br />

tanto de vigilancia específica como general,<br />

podían ser autorizadas por un ministro del<br />

gobierno tras ser sometidas —en la mayoría<br />

de los casos aunque no en todos— a la<br />

consideración de un órgano cuasijudicial<br />

cuyos miembros designaba el primer<br />

ministro. En diciembre, el Tribunal de Justicia<br />

de la UE resolvió que la legislación británica<br />

sobre vigilancia violaba el derecho a la<br />

intimidad.<br />

Además de Reino Unido, a lo largo del año<br />

aprobaron nueva legislación sobre vigilancia<br />

Austria, Suiza, Bélgica, Alemania, Rusia y<br />

Polonia. Con ligeras variaciones, la legislación<br />

introducía amplios poderes para recopilar y<br />

almacenar datos electrónicos y realizar<br />

actividades de vigilancia selectiva de<br />

personas sospechosas o de grupos<br />

específicos definidos de manera muy poco<br />

precisa, con escasa o nula supervisión<br />

judicial. Al final del año había propuestas<br />

legislativas pendientes de aprobación en<br />

Países Bajos y Finlandia.<br />

DISCRIMINACIÓN<br />

En toda Europa, las personas musulmanas y<br />

migrantes corrían riesgo de discriminación y<br />

aplicación de criterios raciales por parte de la<br />

policía, tanto en relación con las facultades<br />

para combatir el terrorismo como en las<br />

50 Informe 2016/17 Amnistía Internacional

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