Central 90
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ECONONMÍA
a) PROGRAMA ATP
El mismo se extenderá en principio
hasta el mes de diciembre de 2020
con las siguientes características:
1) El Estado Nacional pagará el 50%
del sueldo con un límite (tope) de
1,5 de un SMVM.
2) Para cobrarlo se deberán comparar
las ventas del mes inmediato anterior
al del pago con el mismo mes
del año anterior.
3) Si da menor, es decir una baja de
ingresos, el Estado se hace cargo del
pago del salario en los términos que
mencioné en el punto anterior.
4) Si la diferencia de ventas es
mayor, debemos analizar diferentes
supuestos. Si es un 10% mayor, se
otorga un préstamo a tasa 0. Si la
dispersión es entre un 10% y un 20%
el préstamo tiene una tasa del 7.5%.
Si la diferencia es entre un 20 y un
30% la tasa del préstamo es del 15%.
5) El BCRA ya reglamentó el otorgamiento
de estos créditos que poseen
3 meses de gracia y 12 cuotas
iguales. Importante es que la PYME
cuente con la garantía FOGAR y el
FONDEP ya que el Estado !nanciará
la diferencia de tasa entre la que
abone la empresa con el 15% nominal
anual.
b) NORMAS BCRA
De suma importancia es el dictado
del Decreto 544/2020 que prorroga
hasta el 31/12/2020 lo siguiente:
1) Suspensión del cierre de cuentas
bancarias.
2) No inhabilitaciones ni aplicación
de multas.
3) Ampliar en 30 días adicionales el
plazo para la presentación de cheques
comunes y de pago diferido.
4) Admitir una segunda presentación
de cheques en caso de venir rechazados.
5) No cobro de comisiones por cheques
rechazados.
6) Imposibilidad por parte de las
entidades bancarias de solicitar a
los clientes libre deuda previsional
para el otorgamiento de créditos.
Si bien el Decreto 544/2020 es el que
prorroga los plazos al 31/12/2020,
son de suma importancia las normas
vinculadas, siendo las mismas
las siguientes: Decreto 312/2020, Comunicaciones
A 7044, A7048 y A6950
del BCRA.
c) AFIP
La Administración Federal de Ingresos
Públicos realizó las siguientes
prórrogas:
1) Al 31/8/2020: Suspensión de
embargo y ejecuciones !scales a
Pymes.
2) Al 30/9/2020: Suspensión de exclusiones
de o!cio del Monotributo
y posibilidad de acceder al Crédito a
Tasa 0.
Finalmente, debemos estar
atentos a otras medidas que
están en elaboración o aún sin
reglamentación como la nueva
Moratoria, la Ley de Emergencia
Provincial, la nueva Ley de
Alquileres y la nueva normativa
sobre Teletrabajo. Temas
centrales de los que me ocuparé
oportunamente cuando
esté completa la normativa
pertinente.
Como verán se trata de una
serie de medidas que dan
alivio a las Pymes para atravesar
esta verdadera desgracia
económica y sanitaria.
¡Hasta la próxima!
CENTRAL