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ECONONMÍA

a) PROGRAMA ATP

El mismo se extenderá en principio

hasta el mes de diciembre de 2020

con las siguientes características:

1) El Estado Nacional pagará el 50%

del sueldo con un límite (tope) de

1,5 de un SMVM.

2) Para cobrarlo se deberán comparar

las ventas del mes inmediato anterior

al del pago con el mismo mes

del año anterior.

3) Si da menor, es decir una baja de

ingresos, el Estado se hace cargo del

pago del salario en los términos que

mencioné en el punto anterior.

4) Si la diferencia de ventas es

mayor, debemos analizar diferentes

supuestos. Si es un 10% mayor, se

otorga un préstamo a tasa 0. Si la

dispersión es entre un 10% y un 20%

el préstamo tiene una tasa del 7.5%.

Si la diferencia es entre un 20 y un

30% la tasa del préstamo es del 15%.

5) El BCRA ya reglamentó el otorgamiento

de estos créditos que poseen

3 meses de gracia y 12 cuotas

iguales. Importante es que la PYME

cuente con la garantía FOGAR y el

FONDEP ya que el Estado !nanciará

la diferencia de tasa entre la que

abone la empresa con el 15% nominal

anual.

b) NORMAS BCRA

De suma importancia es el dictado

del Decreto 544/2020 que prorroga

hasta el 31/12/2020 lo siguiente:

1) Suspensión del cierre de cuentas

bancarias.

2) No inhabilitaciones ni aplicación

de multas.

3) Ampliar en 30 días adicionales el

plazo para la presentación de cheques

comunes y de pago diferido.

4) Admitir una segunda presentación

de cheques en caso de venir rechazados.

5) No cobro de comisiones por cheques

rechazados.

6) Imposibilidad por parte de las

entidades bancarias de solicitar a

los clientes libre deuda previsional

para el otorgamiento de créditos.

Si bien el Decreto 544/2020 es el que

prorroga los plazos al 31/12/2020,

son de suma importancia las normas

vinculadas, siendo las mismas

las siguientes: Decreto 312/2020, Comunicaciones

A 7044, A7048 y A6950

del BCRA.

c) AFIP

La Administración Federal de Ingresos

Públicos realizó las siguientes

prórrogas:

1) Al 31/8/2020: Suspensión de

embargo y ejecuciones !scales a

Pymes.

2) Al 30/9/2020: Suspensión de exclusiones

de o!cio del Monotributo

y posibilidad de acceder al Crédito a

Tasa 0.

Finalmente, debemos estar

atentos a otras medidas que

están en elaboración o aún sin

reglamentación como la nueva

Moratoria, la Ley de Emergencia

Provincial, la nueva Ley de

Alquileres y la nueva normativa

sobre Teletrabajo. Temas

centrales de los que me ocuparé

oportunamente cuando

esté completa la normativa

pertinente.

Como verán se trata de una

serie de medidas que dan

alivio a las Pymes para atravesar

esta verdadera desgracia

económica y sanitaria.

¡Hasta la próxima!

CENTRAL

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