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ejecutivas traspasándolas a empresas privadas, el periodista Horacio
Verbitsky lo cuenta en el libro “Robo para la corona”, el procedimiento es mas
o menos el siguiente: hay que ejecutar una obra, por ejemplo, la ejecución de
un edificio, que podría hacer el MOP, las políticas de reducción de personal
llegaban a despedir centenares de miles de trabajadores para “ahorrarle” al
estado el dinero de los sueldos, la obra era en el mejor de los casos licitada y
sino era otorgada directamente a empresarios que la ejecutaban
lentamente y cobraban al estado el doble o el triple alargando los plazos de
obra y estafándolo, obras que el ministerio de obras publicas ejecutaba en 1
o 2 años era ejecutada en el doble de tiempo y con sobreprecios. Con esta
estructura productiva, estas empresas – SOCMA, Loma Negra, Acindar,
Pérez Companc, etc.- conforman la denominada “patria contratista” que
continuara extorsionando e incidiendo en la política argentina una vez caída
la dictadura, los militares iran al banquillo de los acusados, los empresarios
seguirán haciendo negocios.
a) Quien, los actores:
…” Solo un mes antes del surgimiento de la cuestión, el Secretario de Obras
Publicas Guillermo Laura, dio a conocer un Plan de mejoras para la
circulación de automotores en la Ciudad de Buenos Aires. Tampoco en esa
ocasión insinuó que fuera inminente la iniciación del plan de autopistas. Sin
embargo, el Secretario hizo referencia a la nueva ley nacional de
expropiaciones, tema que cobraría gran importancia a partir de la puesta en
marcha del plan. Destacó que de acuerdo a con la nueva norma, se abonaría
por adelantado el valor real del inmueble y, por lo tanto, los propietarios
afectados a expropiación no sufrirían los perjuicios habituales. Sin embargo,
ninguna otra medida compensatoria de los efectos que las expropiaciones
producirían fue anunciada: ni planes para la construcción de viviendas, ni
indemnización para inquilinos, ni acceso preferencial a créditos. El único
destinatario del discurso oficial fue el propietario, a quien se interpelaba
individualmente en su condición de tal, y no como vecino integrante de una
comunidad.”…(7)
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