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Anexo III<br />
СОУКЖСАВО DE RADIO<br />
E/CN.4/1571<br />
Anexo III<br />
El 15 de marzo de 1979, en vista de las denunoias de violaciones de derechos<br />
humanos en Guinea Ecuatorial que le estaban llegando, la Comisión de Derechos Humanos<br />
de las Naciones Unidas decidió realizar un estudio de la situación prevaleciente en<br />
el país. Para ello debía encargarse a una persona calificada, de gran experiencia,<br />
que en calidad de Relator Especial, es decir, el enviado de la Comisión de las<br />
Naciones Unidas, fuera al país y allí recogiera información de primera mano sobre<br />
hechos pertinentes relacionados con este caso para cumplir con su importante<br />
<strong>com</strong>etido.<br />
A esos efectos, el Presidente de la Comisión designó al Profesor Pernando Volio<br />
Jiménez para hacer un estudio a fondo de la situación en materia de derechos<br />
humanos en Guinea Ecuatorial.<br />
La Comisión preguntó al Gobierno de Guinea Ecuatorial si estaba de acuerdo en<br />
permitir al Relator Especial realizar su labor a oabalididad al trasladarse al país<br />
y habiendo el Gobi rno expresado su conformidad al respecto, el Profesor Volio Jiménez<br />
ha llegado al país a fin de realizar su estudio.<br />
Para esos efectos, la Comisión ha solicitado al Gobierno que se le concedan las<br />
seguridades necesarias para llevar a cabo sus actividades con plena independencia,<br />
tanto en la Isla de Bioko <strong>com</strong>o en Río Muni. El Gobierno ha prometido formalmente<br />
conceder al Relator Especial las seguridades solicitadas.<br />
El Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas<br />
desea tomar oontacto con los empresarios, profesores, trabajadores, profesionales,<br />
religiosos y toda persona que tenga datos que proporcionarle para su información, a<br />
fin de que en él pueda el Profesor Volio Jiménez consignar los hechos que haya<br />
constatado, los <strong>com</strong>entarios que estos hechos merezcan y las propuestas y sugerencias<br />
que mejor conduzcan al pleno respeto de los derechos humanos y las libertades<br />
fundamentales de los ciudadanos de Guinea Ecuatorial y demás habitantes del país.<br />
Finalmente, se desea hacer constar que la información recibida por el Relator<br />
Especial será guardada en estricta confidencialidad, en cuanto a la identidad de las<br />
personas informantes se refiere, si así lo desean éstas y que -según el párrafo cuarto<br />
del acuerdo entre el Gobierno de Guinea Ecuatorial y las Naciones Unidas- el Gobierno se<br />
ha <strong>com</strong>prometido a garantizar que ninguna persona que, en relación con el objeto de<br />
la visita del Profesor Volio Jiménez, haya estado en contacto con el Relator Especial<br />
o con las personas que lo a<strong>com</strong>pañan, será sometida por ese motivo a coacción,<br />
sanciones, castigos o procedimientos judiciales.<br />
A todos los interesados se hace saber que el Relator Especial y las personas<br />
que le a<strong>com</strong>pañan estarán en Bioko del 12 al 4 У del I5 al 14 de noviembre de 1979<br />
y en Río Muni del 5 al 12 de noviembre de 1979.<br />
El Relator Especial se propone visitar varias ciudades en las fechas que se harán<br />
conocer en su oportunidad, así <strong>com</strong>o los lugares donde tendrá sus oficinas principales<br />
en Bioko y Río Muni.<br />
Dejará el país el 15 de noviembre, terminando así su visita.<br />
Malabo 12 de noviembre de 1979