Empoderamiento%20de%20Mujeres%20Adolescentes
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EmpodEramiEnto dE mujErEs adolEscEntEs<br />
de asegurar la confidencialidad de la información<br />
médica relativa a las/los adolescentes,<br />
divulgando la información solo con su consentimiento<br />
o bajo los mismos requisitos que<br />
se apliquen en el caso de la confidencialidad<br />
de los adultos (art. 16).<br />
la Observación general sobre la salud de los<br />
adolescentes de la CDN 36 menciona de forma<br />
explicita, a la luz de los artículos 3, 7 y 24, el<br />
derecho de las ma al acceso a información<br />
sexual y reproductiva, con inclusión de la planificación<br />
familiar y de los anticonceptivos, los<br />
peligros de un embarazo precoz, la prevención<br />
del vIH/sida y la prevención y tratamiento de<br />
las enfermedades de transmisión sexual. Hace<br />
un llamado además, para que los Estados Partes<br />
garanticen el acceso a información adecuada,<br />
independientemente de su estado civil y<br />
de que tengan o no el consentimiento de sus<br />
padres o tutores.<br />
5.2. lA ConvEnCión sobrE<br />
lA EliMinACión dE todAs lAs<br />
ForMAs dE disCriMinACión<br />
ContrA lA MUJEr (CEdAW) 37<br />
la CEDaW a menudo se describe como la declaración<br />
de derechos internacional para las<br />
mujeres y las niñas. Se orienta en dos principios<br />
fundamentales: la igualdad sustantiva y la<br />
no discriminación, entendida ésta como toda<br />
distinción, exclusión o restricción basada en<br />
el sexo, con objeto de menoscabar o anular<br />
el reconocimiento de la mujer o el ejercicio de<br />
sus derechos, independientemente de su estado<br />
civil (art.1). la CEDaW afirma que el acceso<br />
a la atención de la salud, incluida la salud reproductiva,<br />
es un derecho básico (art. 12). Enfatiza<br />
particularmente, que la mujer tiene los<br />
mismos derechos que el hombre a decidir libre<br />
y responsablemente el número de sus hijos y el<br />
intervalo entre los nacimientos y a tener acceso<br />
a la información, la educación y los medios<br />
que les permitan ejercer estos derechos (art.<br />
16, art. 10). la recomendación general sobre<br />
la salud de las mujeres de la CEDaW 38 exhorta<br />
a los Estados Partes a “garantizar los derechos<br />
de los adolescentes de ambos sexos a educación<br />
sobre salud sexual y genésica por personal debidamente<br />
capacitado en programas especialmente<br />
concebidos que respeten sus derechos a<br />
la intimidad y la confidencialidad.”<br />
la CEDaW es el único tratado de derechos humanos<br />
que afirma los derechos reproductivos<br />
de la mujer y proyecta a la cultura y la tradición<br />
como fuerzas influyentes que moldean los<br />
36 Observación general sobre la Salud de los adolescentes (N.4, 2003) http://www2.ohchr.org/english/bodies/crc/docs/<br />
gC4_sp.doc<br />
37 Por sus siglas en inglés. Este instrumento entro en vigor el 3 de septiembre de 1981. la lista de los países que han ratificado<br />
esta convención esta disponible en: http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/states.htm<br />
38<br />
recomendación general N. 24, 1999 art. 8