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Empoderamiento%20de%20Mujeres%20Adolescentes

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46<br />

EmpodEramiEnto dE mujErEs adolEscEntEs<br />

de asegurar la confidencialidad de la información<br />

médica relativa a las/los adolescentes,<br />

divulgando la información solo con su consentimiento<br />

o bajo los mismos requisitos que<br />

se apliquen en el caso de la confidencialidad<br />

de los adultos (art. 16).<br />

la Observación general sobre la salud de los<br />

adolescentes de la CDN 36 menciona de forma<br />

explicita, a la luz de los artículos 3, 7 y 24, el<br />

derecho de las ma al acceso a información<br />

sexual y reproductiva, con inclusión de la planificación<br />

familiar y de los anticonceptivos, los<br />

peligros de un embarazo precoz, la prevención<br />

del vIH/sida y la prevención y tratamiento de<br />

las enfermedades de transmisión sexual. Hace<br />

un llamado además, para que los Estados Partes<br />

garanticen el acceso a información adecuada,<br />

independientemente de su estado civil y<br />

de que tengan o no el consentimiento de sus<br />

padres o tutores.<br />

5.2. lA ConvEnCión sobrE<br />

lA EliMinACión dE todAs lAs<br />

ForMAs dE disCriMinACión<br />

ContrA lA MUJEr (CEdAW) 37<br />

la CEDaW a menudo se describe como la declaración<br />

de derechos internacional para las<br />

mujeres y las niñas. Se orienta en dos principios<br />

fundamentales: la igualdad sustantiva y la<br />

no discriminación, entendida ésta como toda<br />

distinción, exclusión o restricción basada en<br />

el sexo, con objeto de menoscabar o anular<br />

el reconocimiento de la mujer o el ejercicio de<br />

sus derechos, independientemente de su estado<br />

civil (art.1). la CEDaW afirma que el acceso<br />

a la atención de la salud, incluida la salud reproductiva,<br />

es un derecho básico (art. 12). Enfatiza<br />

particularmente, que la mujer tiene los<br />

mismos derechos que el hombre a decidir libre<br />

y responsablemente el número de sus hijos y el<br />

intervalo entre los nacimientos y a tener acceso<br />

a la información, la educación y los medios<br />

que les permitan ejercer estos derechos (art.<br />

16, art. 10). la recomendación general sobre<br />

la salud de las mujeres de la CEDaW 38 exhorta<br />

a los Estados Partes a “garantizar los derechos<br />

de los adolescentes de ambos sexos a educación<br />

sobre salud sexual y genésica por personal debidamente<br />

capacitado en programas especialmente<br />

concebidos que respeten sus derechos a<br />

la intimidad y la confidencialidad.”<br />

la CEDaW es el único tratado de derechos humanos<br />

que afirma los derechos reproductivos<br />

de la mujer y proyecta a la cultura y la tradición<br />

como fuerzas influyentes que moldean los<br />

36 Observación general sobre la Salud de los adolescentes (N.4, 2003) http://www2.ohchr.org/english/bodies/crc/docs/<br />

gC4_sp.doc<br />

37 Por sus siglas en inglés. Este instrumento entro en vigor el 3 de septiembre de 1981. la lista de los países que han ratificado<br />

esta convención esta disponible en: http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/states.htm<br />

38<br />

recomendación general N. 24, 1999 art. 8

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