Empoderamiento%20de%20Mujeres%20Adolescentes
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oles de género y las relaciones familiares. En<br />
varias conferencias mundiales de las Naciones<br />
unidas también se ha examinado esta clase de<br />
objetivos y se han desarrollado programas adicionales<br />
de acción pertinentes, en particular, los<br />
de la Conferencia mundial de Derechos Humanos<br />
de 1993, la Conferencia Internacional de<br />
1994 sobre la Población y el Desarrollo en El<br />
Cairo (y sus procesos +5 y +10) y la Cuarta<br />
Conferencia mundial sobre la mujer, realizada<br />
en 1995 en Beijing (y sus procesos +5 y +10)<br />
y recientemente la 10° Conferencia regional<br />
sobre la mujer de américa latina y el Caribe<br />
2007, Consenso de Quito (ver anexo 2).<br />
5.3. lA ConvEnCión<br />
intErAMEriCAnA PArA PrEvEnir,<br />
sAnCionAr y ErrAdiCAr lA<br />
violEnCiA ContrA lA MUJEr<br />
“ConvEnCión dE bEléM do PArá” 39<br />
además de contar con las convenciones mencionadas,<br />
la región de las américas es la única<br />
en el mundo que cuenta con una convención<br />
particular para prevenir, sancionar y erradicar<br />
la violencia contra la mujer. la Convención reconoce<br />
que la eliminación de la violencia contra<br />
la mujer es condición indispensable para<br />
su desarrollo individual y social y su plena e<br />
igualitaria participación en todas las esferas de<br />
vida. la Convención define a la violencia contra<br />
la mujer como cualquier acción o conducta,<br />
basada en su género, que cause muerte, daño<br />
o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la<br />
mujer, tanto en el ámbito público como en el<br />
privado (art.1). menciona específicamente que<br />
la violencia contra la mujer puede ocurrir dentro<br />
de la familia y en la comunidad incluyendo<br />
el lugar de trabajo e incluso las instituciones<br />
educativas, los establecimientos de salud, o<br />
39<br />
40<br />
5. El empoderamiento de las mujeres adolescentes como un derecho básico 47<br />
cualquier otro lugar (art. 2). Bajo esta convención<br />
los Estados Partes tienen el deber de tomar<br />
en cuenta la situación de vulnerabilidad a la<br />
violencia que puedan sufrir las mujeres por ser<br />
adolescentes, estar embarazadas, o a razón de<br />
su situación socioeconómica desfavorable, su<br />
raza o su condición étnica, entre otras (art. 9).<br />
la Convención establece un programa para la<br />
acción nacional para acabar tal discriminación<br />
(art.7) y permite la presentación individual de<br />
peticiones o quejas de violación del artículo 7<br />
ante la Comisión Interamericana de Derechos<br />
Humanos (art.12).<br />
5.4. lA ConvEnCión<br />
ibEroAMEriCAnA dE los<br />
dErECHos dE los JóvEnEs (CidJ) 40<br />
la CIDj reconoce explícitamente a las personas<br />
de entre 15 y 24 años de edad como sujetos<br />
y titulares de derechos, sin perjuicio de los<br />
que igualmente les beneficie a los menores de<br />
edad por la aplicación de la CDN. reconoce<br />
que los jóvenes conforman un sector social<br />
que tiene características singulares en razón de<br />
factores psico-sociales, físicos y de identidad<br />
que requieren una atención especial por tratarse<br />
de un periodo de la vida donde se forma<br />
y consolida la personalidad, la adquisición de<br />
conocimientos, la seguridad personal y la proyección<br />
al futuro. En su artículo 23, la CIDj<br />
hace explicita mención al derecho a la educación<br />
sexual para ser impartida en todos los niveles<br />
educativos, y la importante función de la<br />
familia, para fomentar conductas responsables<br />
en el ejercicio de la sexualidad, orientada a su<br />
plena aceptación e identidad, así como la prevención<br />
de las enfermedades de transmisión<br />
sexual, el vIH/sida, los embarazos no deseados<br />
y el abuso o violencia sexual.<br />
Este instrumento entro en vigor el 5 de marzo de 1995. la lista de los países que han ratificado esta convención esta disponible<br />
en: http://www.oas.org/juridico/spanish/firmas/a-61.html<br />
Este instrumento entro en vigor el 1ro de marzo de 2008. a la fecha, ha sido ratificada por siete países: Costa rica, Ecuador,<br />
Honduras, republica Dominicana, uruguay, Bolivia y España. http://convencion.oij.org/aplicacion.php