Sala Art - AELPA - Asociación Española de Letrados de Parlamentos
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XI.- Las transferencias como fuentes <strong>de</strong> financiación. Sobre lasalegaciones <strong>de</strong>l Ministerio Fiscal relativas a la existencia <strong>de</strong> unastransferencias económicas, que tenían por sentido financiar a un partidoilegal, apoyadas en la prueba <strong>de</strong> indicios, se argumenta por el partido<strong>de</strong>mandado que si aten<strong>de</strong>mos a dicha prueba <strong>de</strong> indicios, y a la forma <strong>de</strong>practicarla, hay que concluir lo contrario, ya que en la vista se acreditó quelas transferencias se realizaron con asesoramiento legal, y <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>parámetros <strong>de</strong> legalidad, que se hicieron por medio <strong>de</strong> transaccionesbancarias normales, transparentes.XII.- Sobre los cuatro ingresos en las cuentas <strong>de</strong> EHAK a que serefiere el Ministerio Fiscal en los folios 133 a 136, <strong>de</strong> su <strong>de</strong>manda, realizadosen todos los casos por la misma cantidad, a una misma cuenta corriente <strong>de</strong>la titularidad <strong>de</strong>l partido <strong>de</strong>mandado, por personas vinculadas a Batasuna,que tuvieron lugar en un período <strong>de</strong> tiempo muy corto, en apenas unos días,entre diciembre <strong>de</strong> 2006 y enero <strong>de</strong> 2007, se aduce por el partido<strong>de</strong>mandado que en el curso <strong>de</strong> la prueba ha quedado <strong>de</strong>mostrado que esosingresos eran aportaciones que realizaban trabajadores contratados porEHAK, y que lo hacían en el marco <strong>de</strong> las normas sobre financiación <strong>de</strong>partidos, y <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los límites fiscales fijados en cada casoXIII.- La prueba prefabricada. Consi<strong>de</strong>ra el partido <strong>de</strong>mandado que,para sostener las <strong>de</strong>mandas, se ha recurrido sistemáticamente a informespoliciales, porque no existía otra prueba posible y estos informes se hanrealizado prescindiendo <strong>de</strong> los datos objetivos, interpretando los elementosprobatorios a su alcance <strong>de</strong> manera sesgada e incluso manipulada, yllegando a las conclusiones que ya tenían establecidas <strong>de</strong> antemano.XIV.- Las afirmaciones que no se acreditan. Según expone elpartido <strong>de</strong>mandado, en los escritos que han presentado los <strong>de</strong>mandantes enanálisis <strong>de</strong> la prueba, se contienen numerosas afirmaciones que adolecen <strong>de</strong>dos <strong>de</strong>fectos sustanciales: no ser ciertas y no tener soporte alguno en la33