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Sala Art - AELPA - Asociación Española de Letrados de Parlamentos

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ley tiene el propósito <strong>de</strong> conciliar su normativa con “el máximo grado <strong>de</strong>pluralismo” y “la protección <strong>de</strong> la <strong>de</strong>mocracia”. Precisamente la protección <strong>de</strong>la <strong>de</strong>mocracia indica que el Legislador también ha consi<strong>de</strong>rado que lospartidos políticos, si bien no están obligados, en general, a “la <strong>de</strong>fensaactiva” ni a ejercer la “pedagogía <strong>de</strong> la <strong>de</strong>mocracia”, no son ajenos, ensituaciones concretas, como en el caso en el que les son imputables hechosque oscurecen el significado <strong>de</strong> su discurso, a la “protección <strong>de</strong> la<strong>de</strong>mocracia” mediante el comportamiento activo que aclare el contenido <strong>de</strong>su discurso (confr. STS <strong>de</strong> 27.3.03).No es necesario, consecuentemente, esclarecer la cuestión <strong>de</strong> siestamos en presencia <strong>de</strong> una acción (concluyente) o <strong>de</strong> una omisión, pues,cualquiera que fuera el punto <strong>de</strong> vista que se adopte, conduciría en elpresente caso a la misma conclusión. El diferente punto <strong>de</strong> vista sostenidopor el Tribunal Constitucional al referirse a las acciones concluyentes, que,por lo tanto, no necesitan justificar la existencia <strong>de</strong> un <strong>de</strong>ber <strong>de</strong> actuar yaque, “en <strong>de</strong>terminadas circunstancias” no constituyen omisiones, sinoacciones positivas que infringen directamente la prohibición <strong>de</strong> apoyar alterrorismo, conduciría, en este preciso caso, a la misma calificación <strong>de</strong> loshechos. En efecto: en el supuesto <strong>de</strong>l PCTV/ EHAK se dan esascircunstancias <strong>de</strong>terminadas, es <strong>de</strong>cir, la cesión <strong>de</strong>l partido a Batasuna, queconvierten el supuesto silencio en un acto <strong>de</strong> comunicación concluyente y,en consecuencia, activo. Dicho con otras palabras: un partido político que haincorporado a dirigentes <strong>de</strong> un partido ilegalizado por su relación con elterrorismo, que se presenta ante la opinión pública sin aclarar las diferenciasque lo separarían <strong>de</strong> éstos, afirma <strong>de</strong> manera concluyente (activa) que nodiscrepa <strong>de</strong> la estrategia terrorista que dio origen a dicho partido ilegalizado.DÉCIMOPRIMERO.- El uso <strong>de</strong>l aparato institucional <strong>de</strong>l EHAK/ PCTVpara favorecer y apoyar la actividad <strong>de</strong> Batasuna se pone claramentemanifiesto por otro grupo <strong>de</strong> acciones consistentes en el apoyo <strong>de</strong> actospolíticos <strong>de</strong> Batasuna mediante colaboración económica directa. En83

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