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» Incumplimiento del deber de debida diligencia del Estado «<br />
1257 de 2008 (conocida como Ley de violencia contra las mujeres) 14 . iv) En<br />
la justicia ordinaria no se ha reconocido que la violencia por orientación<br />
sexual es también violencia de género, como en efecto lo reconoció la Sala<br />
de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá para el caso de alias Botalón.<br />
15 v) No se tienen en cuenta reparaciones específicas por la violencia por<br />
prejuicio hacia las personas LGBT.<br />
4.6 Conclusiones<br />
En los últimos años la Fiscalía ha realizado esfuerzos para crear un grupo de<br />
género encargado de la investigación de delitos contra personas LGBT. No<br />
obstante la metodología actual, no ha dado respuesta frente a los crímenes<br />
y violaciones cometidas hacia el pasado. En términos técnicos se habla de<br />
una impunidad de hecho: por ausencia de medidas efectivas para investigar<br />
y determinar cómo ocurrió en el caso concreto. En la mayoría de casos de<br />
violencia hacia personas LGBT no se tienen en cuenta: la selección de la<br />
víctima, las razones del victimario (prejuicio como móvil) y el contexto en<br />
que se desarrollaron los hechos, reseñados anteriormente. Para combatir<br />
con los diferentes tipos de impunidad existen en el ámbito universal de<br />
los derechos humanos ciertas directrices y protocolos que buscan diseñar<br />
mecanismos para generar investigaciones eficaces de ciertos delitos que<br />
históricamente han sido difíciles de sancionar. 16<br />
El Estado está incumpliendo su deber de debida diligencia en la<br />
investigación y sanción a los responsables. Por consiguiente, consideramos<br />
importante que se cumpla con unos elementos básicos para la investigación<br />
y sanción frente a los homicidios contra las personas LGBT. En ese orden<br />
de ideas, es importante tener en cuenta:<br />
14<br />
Ley 1257 de 2008 “por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de<br />
formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, de<br />
Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones”.<br />
15<br />
Para más información véase, http://www.colombia-diversa.org/2015/02/un-fallo-historicoreconoce-la.html.<br />
16<br />
Así por ejemplo, en el ámbito internacional de los derechos humanos, existe el Manual<br />
sobre la prevención e investigación eficaces de las ejecuciones extralegales, arbitrarias<br />
o sumarias conocido como “Protocolo de Minnesota” y el Manual para la investigación<br />
y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o<br />
degradantes conocido como “Protocolo de Estambul”.<br />
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