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Sánchez Corredera, Silverio: «Para una teoría de la justicia, V. La Ley».<br />

Para una teoría de la justicia, V. La Ley.<br />

Dr. Silverio Sánchez Corredera. Gijón<br />

I. El camino ya recorrido.<br />

Para avanzar en el tema de la Justicia, hemos de proceder ahora con la Ley. Pero es<br />

preciso recordar los peldaños ya recorridos, para que podamos entender desde qué<br />

perspectiva y bajo qué acepción ya dada, decimos «Ley». En los cuatro artículos que<br />

preceden a éste 1 , hemos apuntado la siguiente idea: que la Justicia es una «realidad»<br />

compleja que resulta, a su vez, de otras «realidades» también complejas: la Igualdad y<br />

la Ley. Estas realidades las concebimos, como puede constatarse, tanto en términos de<br />

«devenir» como de «ser», es decir, tanto en sentido funcional como sustantivo, y se<br />

rigen según el estatuto ontológico que le es dado a los «objetos» que constituyen el<br />

«mundo de los valores». Pero estos valores no son aprióricos en sentido «espiritual» o<br />

preoperacional, porque no pueden sino resultar de las operaciones y relaciones<br />

humanas, donde se constituyen. De ahí, entre otras razones, que la Justicia no sea sólo<br />

el resultado de la Ley y la Igualdad -como si éstas estuvieran llamadas a entreverarse<br />

per se- y que sea preciso que se activen procesos de «lucha y defensa de la Justicia» que<br />

encuentra su lugar de constitución institucional más en el campo moral que en el<br />

estrictamente ético o en el político. De este modo, venimos estableciendo las siguientes<br />

correspondencias (véase cuadro inmediato abajo) con la clasificación de los cuatro tipos<br />

de totalidades que estamos utilizando como criterio organizador: las totalidades<br />

1 Vid. «Para una teoría de la Justicia, I, II, III y IV», <strong>Eikasia</strong>. Revista de Filosofía, nº 1, noviembre de 2005<br />

(PTJ-I); nº 3, marzo de 2006 (PTJ-II); nº 4, mayo de 2006 (PTJ-III) y nº 7, noviembre de 2006 (PTJ-IV). En el<br />

artículo anterior remitimos por error al nº 2 en lugar de al nº 3 al referirnos a «Para una teoría de la Justicia,<br />

II» (PTJ-II); lo sentimos.<br />

Dejamos aquí constancia, también, de que en «Para una teoría de la Justicia, III. El mundo de los valores» (nº<br />

4 de <strong>Eikasia</strong>. Revista de Filosofía), en el cuadro de la página 14 se han originado involuntariamente en la<br />

maquetación un signo de interrogación (?) en lugar de una flecha aclaratoria señalando el sentido de la<br />

relación<br />

-de la que se puede, en realidad, prescindir-<br />

<strong>Eikasia</strong>. Revista de Filosofía, año II, 9 (marzo 2007). http://www.revistadefilosofia.org 1

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