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Ver texto completo - IIDH

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mado un tratado y por el cual el Estado se obliga ante el tratado.<br />

Para que un tratado, convención, pacto o protocolo tenga vigencia y se<br />

convierta en ley en el interior de un país debe ser aprobado y ratificado de<br />

acuerdo con lo establecido por la Constitución.<br />

Una vez aprobado y ratificado, este instrumento se convierte en una ley<br />

tan obligatoria como las que aprueba el mismo Estado en su interior. Un<br />

Estado puede ser sancionado por no cumplir con las normas internacionales<br />

tanto como un ciudadano puede serlo si no cumple con las leyes de su país.<br />

SITUACIÓN ACTUAL<br />

Pese a las numerosas declaraciones que afirman que los derechos humanos<br />

de las mujeres forman parte indivisible e inalienable de los derechos humanos,<br />

el instrumento de derechos de las mujeres del sistema universal de protección<br />

más importante -la Convención para la Eliminación de todas las formas<br />

de Discriminación contra la Mujer (CEDAW)- no contaba con mecanismos<br />

mínimos de exigibilidad. Como consecuencia, y en cumplimiento de su<br />

misión, en 1997 el <strong>IIDH</strong> se sumó a otras iniciativas para desarrollar una<br />

labor destinada a promover la adopción de un Protocolo Facultativo para la<br />

CEDAW. Dicho instrumento fue finalmente adoptado por la Asamblea<br />

General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1999, Día<br />

Internacional de los Derechos Humanos.<br />

Esta nueva etapa plantea la necesidad de establecer un conjunto de estrategias<br />

encaminadas a apoyar las acciones de negociación para la ratificación<br />

del Protocolo, lo que conlleva necesariamente alianzas entre instancias<br />

gubernamentales, instancias del Estado, organismos de la sociedad civil y<br />

agencias de cooperación. Se trata de un trabajo conjunto que debe orientar<br />

sus esfuerzos a la comprensión de que la aprobación de este instrumento y<br />

su ratificación por parte de los estados facilitaría la gestión de legislación<br />

nacional para proteger efectivamente los derechos de las mujeres, el impulso<br />

de políticas públicas género-sensitivas, cambios en el sistema de administración<br />

de la justicia y la puesta en ejecución de mecanismos internacionales<br />

que refuercen el trabajo que se impulsa desde el ámbito nacional.<br />

HACIA LAS OFICINAS GUBERNAMENTALES DE LA MUJER<br />

En lo que respecta específicamente a estas oficinas, no debemos obviar que<br />

en la mayoría de los países tienen la responsabilidad de poner en marcha la<br />

Plataforma de Acción de la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer, lo que<br />

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