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la puede caracterizar como civil, política y social. 3<br />

A partir de entonces, se observa un proceso creciente de reconocimiento<br />

de la ciudadanía a sujetos que, hasta ahora, se encontraban<br />

excluidos de los mecanismos de participación propios de la ciudadanía<br />

civil, política y social. Esta evolución política es acompañada por un<br />

desarrollo sostenido de instrumentos jurídicos destinados a garantizar<br />

para todas las personas un conjunto universal de derechos, es decir, un<br />

reconocimiento jurídico de su ciudadanía.<br />

Uno de los pensamientos que más claridad aporta a la comprensión de<br />

este proceso es el de Hannah Arendt, quien desarrolló un conjunto de ideas<br />

que permiten entender el sistema de los derechos humanos como un mecanismo<br />

de construcción de igualdad y concibe la ciudadanía como el derecho<br />

a tener derechos. Este derecho se ejerce ante todos los estados y requiere<br />

de la creación de un sistema universal de normas aplicables a todos los<br />

seres humanos y exigibles a través de sistemas de justicia nacionales e<br />

internacionales. 4<br />

La Convención sobre los Derechos del Niño es, precisamente, el instrumento<br />

internacional que permitió expandir la ciudadanía a la infancia, ya<br />

que reconoce que todos los niños, niñas y adolescentes tienen derechos ante<br />

el Estado y la comunidad, y que los Estados Parte deben adoptar todas las<br />

medidas “administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad<br />

a los derechos reconocidos en la presente Convención” (artículo 4).<br />

El impacto de esta Convención en América Latina ha sido enorme,<br />

tanto en el ámbito de las reformas legislativas como en el de las políticas<br />

públicas y, lo que es casi tan importante, en la conciencia de las personas<br />

expresada ya sea en el nivel de adhesión a los principios, directrices y<br />

derechos que ella contiene, como en las múltiples organizaciones de ciudadanos<br />

que han nacido bajo su impulso para dar plena efectividad a los<br />

derechos de los niños. 5 68<br />

3. Sigo aquí la ya clásica clasificación de la ciudadanía de T. H. Marshal desarrollada en<br />

1949. Véase Class, Citizenship and Social Development, Nueva York, Doubleday, 1965, cap.<br />

4. Un interesante desarrollo reciente sobre el concepto de ciudadanía en Zolo, Danilo, La<br />

Cittadinanza, Appartenenza, Identita’ Diritti, Roma, Ed. Laterza, 1994.<br />

5. Existe numerosa literatura sobre el pensamiento de Arendt. Véase un diálogo interesante<br />

de su pensamiento en relación con los derechos humanos y el derecho internacional público<br />

en Lafer, C., La reconstrucción de los derechos humanos. Un diálogo sobre el pensamiento<br />

de H. Arendt, México, FCE, 1994, cap. V.

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