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DERECHOS DE LOS NIÑOS Y DE LOS ADOLESCENTES<br />

EN LA TOMA DE DECISIONES PERSONALES<br />

Es necesario tener en cuenta que entre los derechos individuales, los que<br />

corresponden a la familia y los de la comunidad existe una unidad, es<br />

decir que no se puede argumentar de manera simplista en favor de un<br />

derecho colectivo en detrimento de un derecho individual. En esta perspectiva,<br />

ambas convenciones proponen un modelo de organización y de<br />

funcionamiento de las instituciones sociales que respeta la individualidad<br />

de sus integrantes, y ésa es la razón por la cual ambos instrumentos internacionales<br />

suscitan resquemores entre quienes niegan la transformación<br />

social y preconizan el mantenimiento de formas de poder y opresión en<br />

contra de las mujeres y de los niños (sobre todo respecto de las niñas). Por<br />

eso es muy importante, sobre todo en el caso de los adolescentes, resguardar<br />

su derecho a la libertad de opción, a tomar decisiones sobre su<br />

educación y su matrimonio (para lo cual es fundamental elevar el límite de<br />

la edad legal para casarse), así como obtener los elementos de información<br />

que les permitan decidir sobre su salud reproductiva, y asegurarles el<br />

derecho a expresar consentimiento expreso respecto de su voluntad para<br />

mantener relaciones sexuales.<br />

RESPONSABILIDADES FAMILIARES COMPARTIDAS<br />

Para poder entender la confluencia entre los derechos contenidos en la<br />

CEDAW y en la CDN es necesario superar la visión de las mujeres como<br />

catalizadoras o instrumentos de realización de los derechos de los niños.<br />

Las sociedades tradicionalistas prefieren considerar a las mujeres exclusivamente<br />

en su rol de madres para no cuestionar el sistema de poder<br />

que se esconde detrás de las reglas de funcionamiento de la familia,<br />

negando a las mujeres la igualdad con los hombres en la participación<br />

en la vida de la comunidad y de la sociedad en general. En ese sentido,<br />

ambas convenciones insisten en la necesidad de que dentro de la familia<br />

el padre y la madre compartan responsabilidades para evitar tanto el<br />

autoritarismo paterno como el hecho de que las mujeres vean disminuidas<br />

sus posibilidades de desarrollo como personas en todos los campos<br />

de la vida social (Recomendación General CEDAW N.º 21). Compartir<br />

las responsabilidades familiares sobre la base del respecto a cada integrante<br />

de la familia asegura que el “interés superior del niño” pueda ser<br />

aplicado en cada circunstancia.<br />

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