Ver texto completo - IIDH
Ver texto completo - IIDH
Ver texto completo - IIDH
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
niñas y adolescentes como último recurso;<br />
•se debe reconocer el principio de que ambos padres tienen iguales responsabilidades<br />
y derechos en la crianza y educación de los hijos.<br />
Si bien algunos cuerpos legales relativos a los derechos de los niños han<br />
abordado estas materias, existe aún una gran tarea pendiente en relación<br />
con el derecho civil y de familia. En este sentido, es posible observar que<br />
en países europeos, como es el caso de España, este tema ha sido abordado<br />
directamente desde el derecho civil, lo que tuvo como consecuencia el establecimiento<br />
de nuevas definiciones de “las funciones parentales” y el desarrollo<br />
de nuevas instituciones civiles para los casos de desamparo.<br />
En este sentido, también ha sido importante la incorporación en<br />
América Latina de nuevas garantías para los procesos de adopción que<br />
impiden el tráfico de niños al exterior (como es el ejemplo del Paraguay)<br />
y otorgan una mayor protección a los derechos del adoptado (el Brasil y<br />
Chile, por ejemplo)<br />
REGULACIÓN DE LAS FACULTADES PUNITIVAS DEL ESTADO<br />
EN RELACIÓN CON LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES<br />
Uno de los aportes más sustanciales de la Convención sobre los<br />
Derechos del Niño en América Latina ha sido promover la creación de un<br />
nuevo sistema de juzgamiento y atribución de consecuencias a los adolescentes<br />
infractores de la ley penal, con la pretensión de convertir a este<br />
sistema en un límite efectivo a la extensión del poder punitivo hacia<br />
ámbitos no penales, lo que ha permitido que los adolescentes tengan<br />
mecanismos jurídicos para oponerse a la pretensión punitivo/socio-educativa<br />
del Estado.<br />
Las siguientes son las características principales que estos sistemas<br />
deberían considerar según la Convención y demás instrumentos que establecen<br />
los derechos de las personas ante el sistema penal.<br />
•Garantizar que ninguna persona menor de 18 años sea juzgada y sancionado<br />
como adulto.<br />
•Establecer una franja de responsabilidad especial cuyo límite superior<br />
sean los 18 años y fijar un límite inferior desde el cual se considerará<br />
que los niños no tienen capacidad de infringir las leyes penales.<br />
•Asegurar a todos los adolescentes un debido proceso a través de un sistema<br />
de justicia especializada, garantizando el derecho a la defensa.<br />
80