28.12.2014 Views

CODIGO PENAL DE GUATEMALA

CODIGO PENAL DE GUATEMALA

CODIGO PENAL DE GUATEMALA

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

cumplimiento de una obligación respecto al Estado o para ocultar, falsear o alterar los<br />

estados contables o la situación patrimonial de una persona física o jurídica.<br />

USO <strong>DE</strong> INFORMACIÓN<br />

ARTICULO 274 "F".. Se impondrá prisión de seis meses a dos años, y multa de<br />

doscientos a mil quetzales al que, sin autorización, utilizare los registros informáticos de<br />

otro, o ingresare, por cualquier medio, a su banco de datos o archivos electrónicos.<br />

PROGRAMAS<strong>DE</strong>STRUCTIVOS<br />

ARTICULO 274 "G".. Será sancionado con prisión de seis meses a cuatro años, y multa<br />

de doscientos a mil quetzales, al que distribuyere o pusiere en circulación programas o<br />

instrucciones destructivas, que puedan causar perjuicio a los registros, programas o<br />

equipos de computación.<br />

VIOLACIÓN A LOS <strong>DE</strong>RECHOS <strong>DE</strong> PROPIEDAD INDUSTRIAL<br />

ARTICULO 275.. Será sancionado con prisión de cuatro a seis años y multa de cincuenta<br />

mil a cien mil quetzales, quien realizare cualesquiera de los actos siguientes:<br />

a) Fabricar o elaborar productos amparados por una patente de invención o por un<br />

registro de modelo de utilidad, sin consentimiento de su titular o sin la licencia respectiva.<br />

b) Ofrecer en venta o poner en circulación productos amparados por una patente de<br />

invención o de modelo de utilidad, a sabiendas de que fueron fabricados o elaborados sin<br />

consentimiento del titular de la patente o sin licencia respectiva.<br />

c) Utilizar procesos patentados sin consentimiento del titular de la patente o sin la licencia<br />

respectiva.<br />

d) Ofrecer en venta o poner en circulación productos, que sean resultado de la utilización<br />

de procesos patentados, a sabiendas que fueron utilizados sin el consentimiento del titular<br />

de la patente o de quien tuviera una licencia de explotación.<br />

e) Reproducir diseños industriales protegidos, sin consentimiento de su titular o sin la<br />

licencia respectiva.<br />

f) Revelar a un tercero un secreto industrial que conozca con motivo de su trabajo,<br />

puesto, cargo, desempeño de su profesión, relación de negocios o en virtud del<br />

otorgamiento de una licencia para su uso, sin consentimiento de la persona que guarde el<br />

secreto industrial, habiendo sido prevenido de su confidencialidad, con el propósito de<br />

obtener un beneficio económico para sí o para un tercero o con el fin de causar un<br />

perjuicio a la persona que guarda el secreto.<br />

g) Apoderarse de un secreto industrial sin derecho y sin consentimiento de la persona<br />

que lo guarda o de su usuario autorizado, para usarlo o revelarlo a un tercero, con el<br />

propósito de obtener beneficio económico para sí o para el tercero o con el fin de causar<br />

un perjuicio a la persona que guarda el secreto industrial o a su usuario autorizado.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!