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legislación española. - DSpace CEU

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otras naciones donde prevalecen muchas y varias creencias,dice Toreno, hubiera acarreado semejante providenciagravísimo mal; pero no era este el caso de España. Durantetres siglos había disfrutado el catolicismo en aquelsuelo de dominación esclusiva y absoluta, acabando porestirpar todo otro culto. Así no hería Id determinación delas cortes, ni los intereses, ni la opinión de la generalidad,antes bien la seguía y aun la alagaba. » El capítulo 3.°declarando que el gobierno de España es monárquicomoderado-hereditario,y adjudicando á las corles con el reyel poder legislativo, al rey solo el ejecutivo, y el judicialá los tribunales, nos parece arreglado á los buenos principiosde derecho público; aunque opinamos que está demasel artículo que espresa cual es el objeto del gobierno.Nada encontramos mas digno de alabanza en el capítuloque el artículo que ordena que desde el año de1830 deberían saber leer y escribir los que aspirasen alejercicio de los derechos de ciudadanía; porque nada puedeesperarse en el estado actual de las luces, de los hombres,que no saben siquiera leer y escribir, pues careciendode estos conocimientos es imposible que lleguen á recibirinstrucción ninguna, ni á conocer por consiguientesu dignidad, sus derechos, ni sus obligaciones.§• ni.Análisis del título 3.°El título 3.° trata de las cortes y se divide en 11 capítulas.En el 1.° se reconoce como base para la representaciónnacional la población. El 2.° indica que la elecciónde diputados á corles deberá hacerse por medio de lasjuntas de parroquia, de partido y de provincia. Epresa el modo, forma y época de celebrarse la11. Ujuntas

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