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legislación española. - DSpace CEU

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§• XIII.Análisis del titulo 13, y artículos adicionales.De la fuerza militarnacional.De dos solos artículos consta el título 13 y último délaConstitución que nos ocupa, y son el 76 y 77. El primeroque está en armonía con los artículos 357 y 358 de laConstitución de 1812 y con el 52 del Proyecto de Isturiz,manda, que las cortes fijen todos los años, á propuestadel rey la fuerza militar permanente de mar y tierra. Y elsegundo que también concuerda con los artículos 362,363 y 365 de la Constitución de 1812 y en parte con el51 del Proyecto de Isturiz, dice que en cada provinciahaya cuerpos de milicia nacional, organizados con arregloá una ley especial, y que el rey en caso necesario podrádisponer de esta fuerza dentro de la respectiva provincia;pero no sacarla fuera de ella sin autorización de las cortes.Artículosadicionales.El 1.° ordena que las leyes determinen la época y elmodo de establecer el juicio por jurados para toda clasede delitos. Esto mismo se dispuso en el artículo 307 dela Constitución cíe 1812, lo cual prueba que tanto los legisladoresde 1812 como los de 1837 conocían la escelenciadel jurado, pero creían también, que la nación españolano se hallaba dispuesta á recibir esta institución enlos momentos que unos y otros legislaban. Este es hoyuno de los puntos que con mas ardor se debaten en Es-

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