12.07.2015 Views

Cuaderno Descentralista # 16 - Grupo Propuesta Ciudadana

Cuaderno Descentralista # 16 - Grupo Propuesta Ciudadana

Cuaderno Descentralista # 16 - Grupo Propuesta Ciudadana

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

32Acreditación de la capacidad de gestión delos municipios provinciales y distritalesPara calificar y determinar las capacidadesde gestión de los gobiernos locales, el ConsejoNacional de Descentralización (CND) estableciólos procedimientos y los mecanismosde verificación. Para ello, emitió la resoluciónde presidencia 070-CND-P-2003 (directiva02), que señala los procedimientos para latransferencia según lo dispuesto en el decretosupremo 036. La resolución de presidencia071-CND-P-2003 (directiva 03) establece losmecanismos de verificación de las capacidadesde gestión de los gobiernos regionales ylocales para la ejecución de los programas.Luego estos son modificados por la resoluciónpresidencial Nº 082-CND-P-2003, que señalaun conjunto de requisitos para acreditar a lasmunicipalidades provinciales y distritales queestán en condiciones de recibir las transferencias,así como los procedimientos por seguiren el 2003.Se señalan tres etapas para la transferencia:Primera etapa: De marzo de 2003 al 30de agosto de 2003. En ella las municipalidadesprovinciales y distritales debían preparary entregar sus expedientes técnicos.Paralelamente, el MIMDES el PRONAA y elFONCODES preparaban los informes del stockde alimentos y proyectos de infraestructurasocial por transferir.Segunda etapa: Desde el 26 de setiembrede 2003 las comisiones de entrega de los ministeriosy las de recepción de las municipalidadesacreditadas llegaban a acuerdos parala transferencia.Tercera etapa: En octubre de 2003 se iniciala transferencia.Más tarde el CND emite el instructivo001-CND-GFL-2003 para la formulación delexpediente que contenga los mecanismos deverificación establecidos en la directiva 003,aplicables a los gobiernos locales, provincialesy distritales, detallando cada uno de ellos.Los mecanismos para los gobiernos provincialesson: (i) haber aprobado el Reglamentode Organización y Funciones (ROF); (ii) teneren su organigrama estructural al menos<strong>Cuaderno</strong>s <strong>Descentralista</strong>s <strong>16</strong>una unidad orgánica que se haga responsabletécnica y operativamente de la gestión deproyectos y servicios sociales cuya función estéen el ROF; (iii) contar con un ingeniero civil oun arquitecto colegiados, debidamente contratadosde acuerdo con el requerimiento quedemanden las responsabilidades por ser transferidas,cuando se trate de proyectos que impliquenejecución de obras; (iv) haber aprobadoel Plan de Desarrollo Provincial Concertado;(v) tener un programa de inversionesincorporado en el presupuesto institucionalvigente, consistente con los objetivosdel Plan de Desarrollo; (vi) haber aprobadoun plan operativo en servicios sociales, queincluya objetivos por lograr, actividades pordesarrollar, resultados esperados y uncronograma de ejecución.En el caso de los gobiernos distritales: (i)tener en su organigrama estructural un áreafuncional, responsable técnica y operativamentede la ejecución de los proyectos transferidos;(ii) contar con un ingeniero civil o unarquitecto colegiados, debidamente contratadosde acuerdo con los requerimientos quedemanden las responsabilidades por ser transferidas,cuando se trate de proyectos que impliquenejecución de obras; (iii) contar con almenos un trabajador asignado a la responsabilidadde ejecución del plan operativo de serviciossociales; (iv) tener aprobado el Plan deDesarrollo Distrital Concertado; (v) teneraprobado un programa de inversiones incorporadoen el presupuesto institucional vigente;(vi) haber aprobado un plan operativo enservicios sociales.Criterios para la transferenciaEl MIMDES, a su vez, emite, en junio, la resoluciónministerial 279-2003, que contiene ladirectiva que establece los Criterios para laTransferencia Efectiva de Gestión de los ProgramasSociales de su cartera.Para la transferencia de los proyectos deinfraestructura social de FONCODES a losmunicipios distritales, se establece:«Los proyectos concluidos al 30 de setiembrese transfieren conforme a las valorizaciones yliquidaciones; los proyectos no concluidos y losque se inician el 30 de setiembre se transfieren

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!