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compilación temática de las conclusiones del comité ... - Acnur

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i) Pidió a los gobiernos interesados que facilitasen a los refugiados que fueran arepatriarse los documentos <strong>de</strong> viaje, visados, permisos <strong>de</strong> entrada y medios <strong>de</strong> transportenecesarios y que, <strong>de</strong> haber perdido los refugiados su nacionalidad, hiciesen arreglos paraque se les restituyese <strong>de</strong> conformidad con la legislación nacional;Nº 96 (LIV) – 2003g) Recuerda asimismo que el anexo 9 <strong>de</strong>l Convenio <strong>de</strong> Aviación Civil Internacional <strong>de</strong>1944 dispone que, cuando se les pida que suministren documentos <strong>de</strong> viaje para facilitarel regreso <strong>de</strong> uno <strong>de</strong> sus nacionales, los Estados respondan en un plazo razonable, y a mástardar 30 días <strong>de</strong>spués <strong>de</strong> recibir esa solicitud, sea emitiendo un documento <strong>de</strong> viaje oinformando <strong>de</strong>bidamente al Estado solicitante que la persona interesada no es uno <strong>de</strong> susnacionales;Nº 101 (LV) – 2004b) Reafirma que los refugiados tienen el <strong>de</strong>recho a volver a su propio país y que losEstados tienen la obligación <strong>de</strong> recibir a sus propios nacionales y <strong>de</strong> facilitar su regreso;insta a los Estados a que expidan los documentos <strong>de</strong> viaje necesarios, si se les solicita,para facilitar dicho regreso; exhorta a los países <strong>de</strong> tránsito a que presten asistencia parafacilitar el regreso; y observa también que los refugiados pue<strong>de</strong>n tener que someterse aentrevistas breves en el punto <strong>de</strong> entrada en la frontera con <strong>las</strong> autorida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> los países<strong>de</strong> origen a los fines <strong>de</strong> su i<strong>de</strong>ntificación;RegistroEl Comité Ejecutivo,Nº 22 (XXXII) – 1981Tomando nota con reconocimiento <strong>de</strong>l informe <strong>de</strong>l Grupo <strong>de</strong> Expertos encargado <strong>de</strong>examinar la cuestión <strong>de</strong>l refugio provisional en los casos <strong>de</strong> afluencia en gran escala, quese reunió en Ginebra <strong>de</strong>l 21 al 24 <strong>de</strong> abril <strong>de</strong> 1981, aprobó <strong>las</strong> siguientes <strong>conclusiones</strong>relativas a la protección <strong>de</strong> <strong>las</strong> personas que buscan asilo en los casos <strong>de</strong> afluencia engran escala:II. Medidas <strong>de</strong> protección202

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