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380 NOTAS<br />

148-24. Los galeones y flotas de Tierrafirme, según<br />

disposición de Felipe IV, habían de salir de España<br />

del 15 al 30 de marzo. (Véase Recopilación de leyes de<br />

los reynos de Indias; 2.^ edición; Madrid, 1756; lib. IX,<br />

tít. 36, ley 12.^)<br />

Tierrafirme pertenecía a la gobernación del Perú.<br />

150-27. Cartagena de Indias, importante ciudad de<br />

Colombia, en la costa del mar de las Antillas.<br />

Según las disposiciones de Felipe II, la flota que fuere<br />

a Tierrafirme había de seguir su derrota para Cartagena,<br />

dando licencia el General desde la Dominica a<br />

los navios que fuesen al río de la Hacha, Venezuela,<br />

Cabo de la Vela y la Margarita, y, en llegando sobre el<br />

Puerto de Santa Marta, a los que allí se dirigiesen.<br />

(Véase Recopilación de leyes de los reynos de Indias;<br />

2." edición; Madrid, 1756; lib. IX, tít. 36, ley 19.^)<br />

152-11. Carlos V, en Toledo, a 13 de agosto de 1525<br />

(ley 25.*, tít. 33, lib. IX de la citada Recopilación de<br />

leyes de los reynos de Indias), había dispuesto lo siguiente:<br />

"Ordenamos y mandamos que todas las personas, de<br />

cualquier estado, preeminencia, condición o dignidad<br />

que fueren, registren todo lo que llevaren en mercaderías,<br />

géneros, especies o en otra forma, a las Indias o<br />

Islas adyacentes, conforme a la ley I y otras de este<br />

título y libro, y si los que vinieren de ellas remitieren<br />

o traxeren oro, plata, perlas, piedras, joyas, metales,<br />

azúcar, cañafístola y otras cosas, de cualquier calidad<br />

que ahora haya y se crían en las Indias, Islas y Tierrafirme<br />

del Mar Océano, y después hubiere y se criaren,<br />

sean obligados a registrarlo todo en el Registro real del<br />

navio en que asimismo viniere, por ante nuestros oficiales,<br />

que por Nos está mandado y ordenado; y sean<br />

asimismo obligados a venir con todo ello, según y como<br />

lo hubieren registrado, enteramente, a la Casa de Con-

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