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Cómo sobrevivir a la SGAE por Arturo Quirantes - En Cieza Digital

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La desinformación<br />

Hace unos días, mi hijo Jesús (edad 10 años) me pro<strong>por</strong>cionó otro<br />

excelente ejemplo de aviso de copyright, en el que al menos se acepta el<br />

concepto de copia privada, aunque cuidando mucho de no l<strong>la</strong>marlo <strong>por</strong> su<br />

nombre:<br />

Queda prohibida, salvo excepción prevista en <strong>la</strong> ley, cualquier forma de<br />

reproducción, distribución, comunicación pública y transformación de esta obra<br />

sin contar con <strong>la</strong> autorización de los titu<strong>la</strong>res de su propiedad intelectual. La<br />

infracción de los derechos de difusión de <strong>la</strong> obra puede ser constitutiva de<br />

delito contra <strong>la</strong> propiedad intelectual (arts. 270 y ss. del Código Penal).<br />

Este aviso estaba en su libro de matemáticas. ¿Y saben para qué me lo<br />

mencionaba mi hijo? Argumentaba muy convincentemente que, con esa<br />

prohibición, ni siquiera podría copiar el enunciado de los problemas en su<br />

libreta, así que sintiéndolo mucho ¡no podía hacer los deberes! Mira que he<br />

visto ejemplos de aplicación rara de los derechos de copia, pero nunca se me<br />

hubiera ocurrido este. Para complicar más <strong>la</strong> cuestión, el propio libro incluye<br />

actividades tipo “escribe en tu cuaderno estas expresiones”. ¿Debemos<br />

considerarlo como una autorización del autor? ¿Una inducción a que<br />

cometamos un delito? ¿Una limitación voluntariamente impuesta de sus<br />

derechos? Por si <strong>la</strong>s moscas, le expliqué a mi hijo el concepto de copia<br />

privada, lo senté a <strong>la</strong> mesa, y <strong>por</strong> supuesto hizo sus deberes.<br />

Lucrarse con el esfuerzo de otro para beneficio económico propio es algo<br />

que <strong>la</strong>s leyes persiguen, pero si <strong>la</strong> fraseología usada puede dar a entender que<br />

incluso bajarse una canción de Internet significa que te pueden, en principio,<br />

caer cuatro años de cárcel, no es que sea mentir pero tampoco es decir <strong>la</strong><br />

verdad. Por eso en <strong>la</strong>s pelícu<strong>la</strong>s americanas, cada vez que alguien va a<br />

testificar, le dicen “¿jura usted decir <strong>la</strong> verdad, toda <strong>la</strong> verdad y nada más que<br />

<strong>la</strong> verdad?.” La mejor manera de mentir es incluir partes de verdad en <strong>la</strong><br />

mentira.<br />

El problema aquí consiste en que no todos somos abogados, y<br />

literalmente no se está mintiendo cuando se dice “cuidado, que puedes ir a <strong>la</strong><br />

cárcel <strong>por</strong> descargarte una canción.” Hombre, poder, puedo. También puedo ir<br />

a <strong>la</strong> cárcel <strong>por</strong> pegarle una bofetada a usted, No es lo normal, pero si usted es<br />

Presidente del Gobierno, el juez es su cuñado y resulta que además odia a los<br />

granadinos, lo tengo crudo.<br />

Permítame un ejemplo, cortesía de <strong>la</strong> Federación Antipiratería. Cuando<br />

los responsables de <strong>la</strong> web www.sharemu<strong>la</strong>.com fueron liberados de <strong>la</strong><br />

acusación de piratería, ¿adivinan cuál fue el titu<strong>la</strong>r de <strong>la</strong> nota de prensa de <strong>la</strong><br />

FAP? Pues este: La industria de los contenidos recurre el auto que exime de<br />

delito a <strong>la</strong> web. Dedican más de <strong>la</strong> mitad de <strong>la</strong> nota a recordar que no pasa<br />

nada, que además de recurrir no se ha creado precedente jurídico, que si <strong>la</strong><br />

jueza les hubiera hecho caso a los denunciantes éstos habrían ganado … y<br />

añaden una referencia a un informe que nos recuerda lo que significa el lucro.<br />

Leyendo <strong>la</strong> nota, uno podría llegar a <strong>la</strong> conclusión de que son los denunciantes<br />

los que han ganado el caso.<br />

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