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Documento de Trabajo N° 98 Sebastián Auguste y Santiago ... - FIEL

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EL DESEMPEÑO DE LOS SISTEMAS DE CAPITALIZACIÓN PREVISIONAL EN AMÉRICA LATINA<br />

1.3.2. Normas pro-competitivas o anti-monopólicas<br />

Como las normas hasta ahora analizadas pue<strong>de</strong>n llevar a que la industria sea menos competitiva,<br />

algunos países han impuesto diversas normas “pro-competitivas” o “anti-monopólicas” tales<br />

como: a) límites máximos a las comisiones que pue<strong>de</strong>n cobrar las AFP; b) estructuras tarifarias<br />

reguladas (regulando qué tipo <strong>de</strong> comisiones pue<strong>de</strong>n cobrar); c) prohibición <strong>de</strong> discriminar por<br />

precio; d) limitaciones <strong>de</strong> tamaño <strong>de</strong> las AFP; e) permitir o fomentar la participación <strong>de</strong> AFP<br />

públicas; f) permitir la coexistencia (paralela) <strong>de</strong> un sistema / régimen <strong>de</strong> reparto (que obligue a<br />

todas las AFP a ser más atractivas frente a la opción <strong>de</strong> reparto); y g) permitir los traspasos <strong>de</strong><br />

afiliados entre administradoras.<br />

La efectividad esperable <strong>de</strong> estas “salvaguardias”, sin embargo, es muy dispar. En primer lugar,<br />

los límites máximos a las comisiones pue<strong>de</strong>n distorsionar la competencia. Por un lado, si el límite<br />

se encuentra por <strong>de</strong>bajo <strong>de</strong> la comisión competitiva, es probable que se afecte la calidad <strong>de</strong>l<br />

producto. Por otro, si el límite está por encima, se pue<strong>de</strong> favorecer la colusión, actuando como<br />

una señal. También, una estructura tarifaria con más dimensiones pue<strong>de</strong> dificultar el<br />

cumplimiento <strong>de</strong>l límite por parte <strong>de</strong>l regulador, por lo que es probable que los límites máximos<br />

requieran a su vez estructuras tarifarias más sencillas. La estructura tarifaria usualmente se<br />

relaciona, en distinto grado, con la estructura <strong>de</strong> costos. Las opciones en esta industria son<br />

muchas, <strong>de</strong>s<strong>de</strong> comisiones variables y fijas sobre el aporte o el ingreso, hasta comisiones por<br />

administración <strong>de</strong> cartera, por rendimientos alcanzados, por mantenimiento <strong>de</strong> cuenta, por<br />

traspaso, <strong>de</strong>scuentos por permanencia, etc. En la discusión <strong>de</strong> limitar la dimensionalidad <strong>de</strong> la<br />

estructura tarifaria el tra<strong>de</strong>-off es entre evitar subsidios cruzados y facilitar la comparación entre<br />

opciones (la que se maximizaría con una tarifa única). Al respecto cabe mencionar lo que se ha<br />

observado en los últimos años en la industria <strong>de</strong> Fondos Mutuos: a medida que se ha <strong>de</strong>sarrollado<br />

más el mercado (y se ha vuelto más competitivo por la presencia <strong>de</strong> ETF, Exchange Tra<strong>de</strong>d<br />

Funds), los operadores han tendido a simplificar la estructura tarifaria, poniendo más énfasis en<br />

la facilidad <strong>de</strong> comparación (tendiéndose a una comisión única sobre el fondo administrado), lo<br />

que hace pensar que en el sector no es necesaria una estructura tarifaria muy compleja.<br />

La prohibición <strong>de</strong> “discriminar” por precio (o comisión) –frecuentemente entendida como la<br />

necesaria obtención <strong>de</strong> iguales rendimientos porcentuales netos <strong>de</strong> comisiones cualquiera sea el<br />

nivel <strong>de</strong> aportes periódicos realizado por cada afiliado a las AFP–, junto con las características<br />

estructurales o tecnológicas <strong>de</strong> este sector (en particular, que existen costos fijos relacionados con<br />

la atención <strong>de</strong>l cliente y fuertes economías <strong>de</strong> escala en la administración <strong>de</strong> cartera), hacen que<br />

distintos afiliados representen diferentes tasas <strong>de</strong> ganancia per cápita a cada AFP. Afiliados <strong>de</strong><br />

mayores ingresos (con mayores aportes) son más atractivos si la comisión se cobra en función <strong>de</strong>l<br />

ingreso imponible, y afiliados más antiguos son más atractivos si la comisión se aplica sobre su<br />

respectivo fondo acumulado. En consecuencia, la competencia por estos afiliados más atractivos<br />

será más fuerte, pero como las AFP no pue<strong>de</strong>n competir por comisiones aplicables sólo a dichos<br />

afiliados (mientras no se les permita cobrar comisiones fijas ni cobrar comisiones porcentuales<br />

diferentes), entonces se ven inducidas a competir fundamentalmente a través <strong>de</strong> gastos<br />

promocionales (regalos, atenciones especiales, categorización “VIP” informal, etc.) que en cierta<br />

forma reducen el “precio efectivo” para estos afiliados “target”. Nuevamente cabe realizar una<br />

analogía con lo que se observa en el mercado <strong>de</strong> Fondos Mutuos, don<strong>de</strong> en general se da cierta<br />

DOCUMENTO DE TRABAJO <strong>N°</strong> <strong>98</strong> 8

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