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Documento de Trabajo N° 98 Sebastián Auguste y Santiago ... - FIEL

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EL DESEMPEÑO DE LOS SISTEMAS DE CAPITALIZACIÓN PREVISIONAL EN AMÉRICA LATINA<br />

Si se comparan los promedios trimestrales en el porcentaje <strong>de</strong> in<strong>de</strong>cisos pue<strong>de</strong> observarse éstos<br />

han sido más altos cuando se los asigna <strong>de</strong> acuerdo a la comisión más baja. Sin embargo, esta<br />

simple comparación parece estar contaminada por la evolución <strong>de</strong> la economía, ya que <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l<br />

régimen <strong>de</strong> asignación igualitaria se observa que a medida que se <strong>de</strong>teriora la situación<br />

económica el porcentaje <strong>de</strong> in<strong>de</strong>cisos se incrementa, mientras que lo contrario suce<strong>de</strong> en el<br />

régimen <strong>de</strong> asignación por menor comisión, don<strong>de</strong> se observan los porcentajes más altos para los<br />

primeros años don<strong>de</strong> la economía se encontraba en crisis (y el PBI per cápita era particularmente<br />

bajo). Esto parece estar mostrando que la <strong>de</strong>cisión <strong>de</strong> escoger una AFP o permanecer in<strong>de</strong>ciso<br />

está influenciada no sólo por el régimen <strong>de</strong> asignación sino también por la situación económica.<br />

En tal sentido, es factible sostener como hipótesis que no ejercer activamente la opción <strong>de</strong><br />

elección es el resultado <strong>de</strong> una <strong>de</strong>cisión racional: cuando el procedimiento <strong>de</strong> asignación <strong>de</strong><br />

in<strong>de</strong>cisos aproxima mejor el interés <strong>de</strong> los nuevos afiliados, asignándolos a las AFP con menor<br />

comisión, éstos <strong>de</strong>ci<strong>de</strong>n evitar los costos que correspon<strong>de</strong>rían a averiguar por sí mismos e<br />

inscribirse en la AFP preferida; <strong>de</strong> la misma manera (y aunque en menor medida), la duración<br />

percibida <strong>de</strong>l empleo afecta el beneficio esperado al momento <strong>de</strong> la <strong>de</strong>cisión, y podría haber<br />

ocurrido que los ingresantes al sistema tuvieran anticipación <strong>de</strong> una perspectiva laboral poco<br />

estable hacia fines <strong>de</strong> la década pasada, llevándolos a racionalmente mantenerse como in<strong>de</strong>cisos<br />

en ese momento.<br />

De todas formas, <strong>de</strong>be reconocerse que la crisis argentina dificulta un simple estudio <strong>de</strong> eventos<br />

para ver el impacto <strong>de</strong>l cambio <strong>de</strong> regulación <strong>de</strong> 2002. Si se comparan los años 19<strong>98</strong> y 2006, con<br />

similar ingreso per cápita y <strong>de</strong> relativa estabilidad, pue<strong>de</strong> observarse que el porcentaje <strong>de</strong><br />

in<strong>de</strong>cisos en 19<strong>98</strong> (cuando éstos se asignaban en forma aleatoria) era <strong>de</strong> 59%, mientras que en<br />

2006 (cuando los in<strong>de</strong>cisos se asignaban <strong>de</strong> acuerdo a la menor comisión) fue <strong>de</strong> 82%, cambio<br />

que es consistente con lo esperable bajo la hipótesis <strong>de</strong> racionalidad <strong>de</strong> un individuo ante una<br />

elección don<strong>de</strong> impera una fuerte asimetría <strong>de</strong> información y altos costos <strong>de</strong> procesamiento <strong>de</strong><br />

dicha información (si el individuo sabe que el Estado lo va a asignar a la AFP más conveniente<br />

en precio y percibe que no hay diferencias significativas en calidad, en vez <strong>de</strong> tomarse el trabajo<br />

<strong>de</strong> averiguar qué AFP le conviene directamente ejerce su opción <strong>de</strong> quedar in<strong>de</strong>ciso y <strong>de</strong>ja que el<br />

Estado, con ventajas informativas ya que pue<strong>de</strong> explotar las fuertes economías <strong>de</strong> escala en el<br />

procesamiento <strong>de</strong> información, realice la elección por él).<br />

2.9. Restricciones al tamaño<br />

La mayoría <strong>de</strong> los países no tienen regulaciones por tamaño y las AFP están sujetas a la<br />

legislación general antitrust <strong>de</strong>l país. Las excepciones son: i) Colombia: don<strong>de</strong> el capital <strong>de</strong> una<br />

AFP no pue<strong>de</strong> superar en 10 veces el mínimo exigido (para evitar concentración económica); ii)<br />

Argentina: en Diciembre 2001 se anunció un tope <strong>de</strong>l 27% <strong>de</strong> participación <strong>de</strong> mercado (que<br />

finalmente nunca fue implementado, y que igualmente sólo fue aproximado por una única AFP<br />

<strong>de</strong>s<strong>de</strong> entonces); iii) México: Hasta año 2001, tope máximo <strong>de</strong> 17% <strong>de</strong> los afiliados totales, que a<br />

fines 2001 fue aumentado al 20%.<br />

2.10. Regulación <strong>de</strong> Cartera<br />

Si bien los límites <strong>de</strong> inversión varían mucho entre los países, en general se observa una alta<br />

exposición al riesgo local, ya que se limitan las inversiones en el exterior (siendo el 10% <strong>de</strong> la<br />

cartera el límite más frecuente). En conjunto, las restricciones cuantitativas hacen que las AFP no<br />

puedan ofrecer productos muy distintos, existiendo una alta homogeneidad entre las carteras <strong>de</strong><br />

DOCUMENTO DE TRABAJO <strong>N°</strong> <strong>98</strong> 27

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