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La banca de desarrollo y la creación de productos para la inclusión financiera<br />

no bancarios, por parte del sistema financiero, se le suma en 2011 mediante<br />

dos circulares 2 , el reconocimiento por parte del Banco de México, de cuatro<br />

tipos de cuentas de captación propicias para fomentar el acceso a los servicios<br />

financieros y su uso continuo con muy pocos requisitos regulatorios en cuanto<br />

a información y monitoreo de las cuentas. Las cuales pueden ser abiertas por<br />

los corresponsales designados para este fin por las instituciones.<br />

La implementación de procedimientos simplificados de debida<br />

diligencia para identificar a los clientes es un paso importante para agilizar la<br />

apertura de cuentas, y vital para el éxito de estos productos (CNBV, 2011). De<br />

este modo, no solo se hace posible que la población que enfrenta obstáculos<br />

para integrar un expediente completo de identificación tenga acceso a<br />

servicios financieros básicos; sino que también, se disminuye la carga que<br />

representaría para los comercios llevar el registro de la información de los<br />

usuarios de servicios financieros, habilitando la posibilidad de fungir como<br />

corresponsales a un mayor número de estos establecimientos.<br />

A partir de este nuevo marco regulatorio, la Secretaría de Hacienda<br />

y Crédito Público (SCHP) emitió disposiciones relativas sobre todo a la<br />

prevención y combate al lavado de dinero y al financiamiento del terrorismo;<br />

al tiempo que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV)<br />

ejercería la regulación que le compete en materia de banca electrónica y de<br />

corresponsales no bancarios, entre los cuales quedarán incluidas las empresas<br />

de telecomunicaciones.<br />

Es destacable el marco lógico seguido para identificar y diseñar<br />

estos cuatro tipos de cuentas, dado que a menor capacidad transaccional<br />

de las cuentas corresponde un menor riesgo de operaciones ilegítimas y son<br />

menores los requisitos de información y monitoreo. Esto posibilita brindar<br />

productos financieros básicos -cuentas pasivas con montos y modalidades de<br />

uso medianamente restringidas de acuerdo al tipo de cuenta- al acceso de<br />

cualquier mexicano en prácticamente cualquier lugar de su país.<br />

Además de esta simplificación regulatoria, se consolida una respuesta<br />

idónea a la necesidad de fomentar el dinero electrónico vinculado a los<br />

2 14/2011 del 7 de junio de 2011 y circular 1/2006 Bis 41.<br />

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