11.01.2015 Views

li14_inclusion

li14_inclusion

li14_inclusion

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

ALIDE<br />

El marco regulatorio fuerza a la interoperabilidad entre plataformas a<br />

través de los bancos, lo cual beneficia a la competencia en el mercado.<br />

Si bien México, puede ofrecer algunas avances a otros países en cuanto<br />

a la mejora de marco regulatorio de banca móvil, el caso de éxito más relevante<br />

en términos de modelo de negocio es M-Pesa de Kenia. Ningún otro modelo<br />

ha alcanzado los niveles de penetración ni los márgenes de rentabilidad de<br />

esta compañía (ver Tabla N° 4).<br />

Pese a utilizar regularmente estos servicios, Brasil, Chile, Argentina y<br />

España, aún no desarrollan una ley para banca móvil, a diferencia de México<br />

donde la Ley entró en vigencia, antes que la tecnología y los servicios se<br />

pongan en operación.<br />

2. Pagos móviles en Bolivia<br />

En noviembre de 2011, la Autoridad de Supervisión del Sistema<br />

Financiero (ASFI) autorizó la realización de pagos, por ejemplo de giros, a<br />

través de dispositivos móviles (teléfonos celulares), para lo cual incorporará<br />

al ámbito de la regulación financiera a las empresas de telecomunicaciones<br />

que operan en el país.<br />

Así, la resolución ASFI N° 772/2011 señala en su primer artículo:<br />

“Incorporar, al ámbito de competencia de la Ley de Bancos para su regulación<br />

y supervisión por la ASFI a las empresas que prestarán el servicio de pago<br />

a través de dispositivos móviles como Empresas de Servicios Auxiliares<br />

Financieros, que en adelante se denominarán ‘Empresas de Servicio de Pago<br />

Móvil’”. En el segundo artículo señala: “Autorizar el servicio de pago a través<br />

de dispositivos móviles, en el marco del numeral 25 del artículo 39 de la Ley de<br />

Bancos, como nuevo servicio que las entidades de intermediación financiera<br />

podrán prestar previa no objeción de la ASFI”.<br />

El Banco Central de Bolivia, mediante resolución N° 121/2011 de 27<br />

de septiembre de 2011, reglamentó las condiciones para el funcionamiento de<br />

las Empresas Proveedoras de Servicios de Pago Móvil (ESPM) y las entidades<br />

76

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!