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2013-12-26_LIBRO_DondeEstaMiDinero

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Artur Mas: ¿Dónde está mi dinero?<br />

producen «en una situación como la actual, de profunda crisis económica, en<br />

que la ciudadanía está muy sensibilizada con los casos de corrupción», situación<br />

que, razonablemente, debería haberle conducido a proclamar la plena inocencia<br />

de Albano y Marta, nuevas víctimas de una aplicación errónea de la ley.<br />

Derecho a informar, interés público y derecho al honor<br />

Andrés Boix Palop, profesor titular de Derecho Administrativo del Departamento de<br />

Derecho Administrativo y Derecho Procesal en la Universidad de Valencia<br />

Publicado el 24 de octubre de 20<strong>12</strong> en lapaginadefinitiva.com<br />

Quien esto escribe imparte clase de Derecho de Comunicación a estudiantes<br />

de Periodismo. Durante estas semanas hemos estado explicando que la libertad<br />

de información (art. 20.1 d de la Constitución Española) ampara a los profesionales<br />

del periodismo cuando aquello que cuentan es veraz y de interés<br />

público, sin que en esos casos (y siempre y cuando se den esas dos notas)<br />

quepa oponer derechos como el honor de las personas para impedir la difusión<br />

de las noticias en cuestión. Pues bien, noticias como que han condenado a unos<br />

periodistas que han destapado un caso de corrupción en la gestión público-privada<br />

de la sanidad catalana, aparentemente por destapar toda una serie de informaciones<br />

y realizar las valoraciones anexas, en íntima relación con el caso<br />

en cuestión. Si en efecto es así, no puedo sino decir que la decisión me deja<br />

perplejo y, la verdad, me hace cuestionarme hasta qué punto lo que explico en<br />

clase tiene (o no) algo de sentido.<br />

Pero juzguen por sí mismos. Se supone que la condena es por la intromisión<br />

en el derecho al honor del señor Via (debido a un vídeo colgado por los periodistas<br />

titulado El mayor robo de la historia de Cataluña).<br />

He estado buscando la Sentencia en cuestión, porque sinceramente, a partir de<br />

lo que se escucha en el vídeo, es francamente llamativo que se condene y, además<br />

(lo que no siempre va de la mano), también es muy difícil comprender<br />

jurídicamente la decisión. Pero, de momento, no la he localizado (si alguien la<br />

tiene, por favor, me interesaría mucho poder leerla y rectificar en su caso lo aquí<br />

expuesto). Parece, más bien, y como publicó El País, un simple aval a la estrategia<br />

de personas implicadas en casos de posible corrupción que están siendo<br />

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