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Consideraciones técnicasPara cada fracción de residuos se realiza un área de influencia de 150 metros y se analiza lapoblación (proyectada) que tiene cobertura simultánea a las distintas fracciones. Lavelocidad a pie considerada es de 4km/h.En las propuestas de ordenación que se contemple un sistema de recogida de puerta apuerta se considera que dicho servicio cumple con el objetivo deseable del indicador.En aquellas actuaciones con sistema de recogida neumática, la ubicación de los buzonessuele estar a una distancia menor de 150 metros con lo que también cumple con elindicador deseable de proximidad.Parámetro de evaluaciónOBJETIVOCIUDAD EXISTENTEMÍNIMO> 80% de la población concobertura simultánea a las 5fracciones (a menos de 150m)DESEABLE 100% de la población con coberturasimultánea a las 5 fracciones (amenos de 150m)EXTENSIÓN DE LA CIUDAD> 80% de la población concobertura simultánea a las 5fracciones (a menos de 150m)100% de la población con coberturasimultánea a las 5 fracciones (amenos de 150m)Justificación de la medidaA continuación se muestran algunos ejemplos de planificación en la ubicación decontenedores que toman como referencia la distancia de 150 metros como proximidaddeseable.−−−Plan Integral de Residuos de Alcobendas: organizados para reciclar. Los puntos derecogida están situados a una distancia inferior a los 150 metros, para todas lascomunidades de vecinos.Reglamento de recogida de residuos en el ámbito de la Mancomunidad demunicipios Bierzo central. Se entiende prestado el servicio cuando exista un puntode depósito a una distancia igual o inferior a 150 m del portal o la vía pública delusuario del servicio, excepto en el medio rural.Criterios municipales reguladores del servicio de recogida de basura en los barriosrurales de Arrasate.−−Artículo 3. Los usuarios cuya vivienda o edificación se encuentre situada auna distancia igual o inferior a 150 m. del punto de recogida de basura(contenedor o punto de basura) más cercano, independientemente de queese punto de recogida de basura esté o no ubicado en el barrio del usuarioen cuestión, deberán abonar el 100% de la tasa correspondiente al serviciode recogida de basura.Artículo 4. Los usuarios cuya vivienda o edificio se encuentre situado a unadistancia superior a 150 m del punto de recogida de basura más cercano,deberán abonar el 50% de la tasa correspondiente al servicio de recogidade basura.Requisitos para acreditar el cumplimiento de la medidaMapa con la localización de los contenedores de recogida de residuos (selectiva y Resto).Indicador el porcentaje de población con cobertura simultánea.[406]

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