ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEFINITIVO DEL PROYECTOFOTOVOLTAICO RANCHO SOLAR CAYAMBE, INCLUYE LINEA DESUBTRASMISIÓN A 69KV ENTRE LA PROYECTA SUBESTACIÓN DE LACENTRAL FOTOVOLTAICA HASTA LA SUBESTACIÓN CAYAMBE DE LAEMPRESA ELECTRICA NORTE S.A.REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL ESTABLECIDOS EN LA LEY DEGESTIÓN AMBIENTALDecreto Ejecutivo No. 1040, expedido en Registro Oficial No. 332 <strong>de</strong> 08 <strong>de</strong> Mayo <strong>de</strong> 2008, este reglamento garantiza laintervención <strong>de</strong> los actores sociales y gubernamentales en los procesos <strong>de</strong> participación y difusión ciudadana para <strong>proyecto</strong>s queacarrean un posible riesgo <strong>ambiental</strong>. El Reglamento tiene como fines principales: Precisar los mecanismos a ser utilizados enlos procedimientos <strong>de</strong> participación social, conocer los criterios <strong>de</strong> la comunidad en relación a una actividad o <strong>proyecto</strong> quegenere <strong>impacto</strong> <strong>ambiental</strong>; contar con los criterios <strong>de</strong> la comunidad como base <strong>de</strong> la gobernabilidad y <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> la gestión<strong>ambiental</strong>; y, transparentar las actuaciones y activida<strong>de</strong>s, asegurando el acceso <strong>de</strong> la comunidad a la información disponible.En su artículo 9 <strong>de</strong>fine a la participación social como un elemento transversal y trascen<strong>de</strong>ntal <strong>de</strong> la gestión <strong>ambiental</strong>. “Laparticipación social en la gestión <strong>ambiental</strong> tiene como finalidad consi<strong>de</strong>rar e incorporar los criterios y observaciones <strong>de</strong> laciudadanía, especialmente la población directamente afectada <strong>de</strong> una obra o <strong>proyecto</strong>, sobre las variables <strong>ambiental</strong>esrelevantes <strong>de</strong> los <strong>estudio</strong>s <strong>de</strong> <strong>impacto</strong> <strong>ambiental</strong> y planes <strong>de</strong> manejo <strong>ambiental</strong>, siempre y cuando se técnica y económicamenteviable, para que las activida<strong>de</strong>s o <strong>proyecto</strong>s que puedan causar <strong>impacto</strong>s <strong>ambiental</strong>es se <strong>de</strong>sarrollen <strong>de</strong> manera a<strong>de</strong>cuada,minimizando y/o compensando estos <strong>impacto</strong>s a fin <strong>de</strong> mejorar las condiciones <strong>ambiental</strong>es para la realización <strong>de</strong> la actividad o<strong>proyecto</strong> propuesto en todas sus fases”.Artículo 10.- Momento <strong>de</strong> la Participación Social. “La participación social se efectuará <strong>de</strong> manera obligatoria para la autoridad<strong>ambiental</strong> <strong>de</strong> aplicación responsable, en coordinación con el promotor <strong>de</strong> la actividad o <strong>proyecto</strong>, <strong>de</strong> manera previa a laaprobación <strong>de</strong>l <strong>estudio</strong> <strong>de</strong> <strong>impacto</strong> <strong>ambiental</strong>”.REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES Y MEJORAMIENTO DEL MEDIO AMBIENTE DETRABAJODecreto Ejecutivo No. 2393, en Registro Oficial No. 565 <strong>de</strong> 17 <strong>de</strong> Noviembre <strong>de</strong> 1986. El ámbito <strong>de</strong> aplicación <strong>de</strong> estereglamento es, artículo 1: “Las disposiciones <strong>de</strong>l presente Reglamento se aplicarán a toda actividad laboral y en todo centro <strong>de</strong>trabajo, teniendo como objetivo la prevención, disminución o eliminación <strong>de</strong> los riesgos <strong>de</strong>l trabajo y el mejoramiento <strong>de</strong>l medioambiente <strong>de</strong> trabajo”. Se establecen las obligaciones pertinentes para el caso <strong>de</strong> empleadores (artículo 11) y para trabajadores(art. 13). Luego se <strong>de</strong>fine el comité <strong>de</strong> seguridad e higiene <strong>de</strong>l trabajo, en todo centro <strong>de</strong> trabajo con más <strong>de</strong> 15 trabajadores. Elreglamento contiene un total <strong>de</strong> 193 artículos, 2 disposiciones generales, tres disposiciones transitorias y un artículo final.El artículo 67 <strong>de</strong>fine las acciones para vertidos, <strong>de</strong>sechos y contaminación <strong>ambiental</strong>: “La eliminación <strong>de</strong> <strong>de</strong>sechos sólidos,líquidos o gaseosos se efectuará con estricto cumplimiento <strong>de</strong> lo dispuesto en la legislación sobre contaminación <strong>de</strong>l medioambiente”.REGLAMENTO DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOSSe expi<strong>de</strong> este Reglamento (Acuerdo Ministerial No. 01257) entre la Subsecretaría <strong>de</strong> Desarrollo Social y la Dirección <strong>de</strong>Defensa Contra Incendios mediante Edición Especial No. 114 – Registro Oficial expedido el jueves 2 <strong>de</strong> abril <strong>de</strong> 2009.Las disposiciones <strong>de</strong>l Reglamento son aplicadas en todo el territorio nacional, para los <strong>proyecto</strong>s arquitectónicos y <strong>de</strong> ingeniería,en edificaciones a construirse, así como la modificación, ampliación, remo<strong>de</strong>lación <strong>de</strong> las ya existentes, sean públicas, privadaso mixtas, y que su actividad sea <strong>de</strong> comercio, prestación <strong>de</strong> servicios, educativas, hospitalarias, alojamiento, concentración <strong>de</strong>público, industrias, transportes, almacenamiento y expendio <strong>de</strong> combustibles, explosivos, manejo <strong>de</strong> productos químicospeligrosos y <strong>de</strong> toda actividad que represente riesgo <strong>de</strong> siniestro.41ADEPLAN CIA. LTDADIRECCION: CIUDAD DE LOJACALLE LOURDES Y 24 DE MAYO ESQUINATELF: 2550125www.a<strong>de</strong>plan.com
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEFINITIVO DEL PROYECTOFOTOVOLTAICO RANCHO SOLAR CAYAMBE, INCLUYE LINEA DESUBTRASMISIÓN A 69KV ENTRE LA PROYECTA SUBESTACIÓN DE LACENTRAL FOTOVOLTAICA HASTA LA SUBESTACIÓN CAYAMBE DE LAEMPRESA ELECTRICA NORTE S.A.La responsabilidad y control correspon<strong>de</strong> a los cuerpos <strong>de</strong> bomberos <strong>de</strong>l país, a través <strong>de</strong>l Departamento <strong>de</strong> Prevención (B2)quien será encargado <strong>de</strong> cumplir y hacer cumplir lo establecido en la Ley <strong>de</strong> Defensa Contra Incendios y sus reglamentos.De esta manera se verificará que los <strong>proyecto</strong>s <strong>de</strong> edificación contemplen sistemas <strong>de</strong> instalaciones eléctricas idóneas, sujetas alo dispuesto en el artículo 45 <strong>de</strong> la Ley <strong>de</strong> Defensa Contra Incendios, el Código Eléctrico Ecuatoriano y las normas INEN(Instalaciones Eléctricas Protección Contra Incendios).3.1.3 CódigosCÓDIGO PENAL, REFORMA EN REGISTRO OFICIAL NO. 2 DE 25 DE ENERO 2000El Código Penal tipifica los <strong>de</strong>litos <strong>ambiental</strong>es y <strong>de</strong>termina fuertes sanciones. En su Capítulo X A De los <strong>de</strong>litos contra el medioambiente:Art. 437 A.- Quien, fuera <strong>de</strong> los casos permitidos por la ley, produzca, introduzca, <strong>de</strong>posite, comercialice, tenga en posesión, ouse <strong>de</strong>sechos tóxicos peligrosos, sustancias radioactivas, u otras similares que por sus características constituyan peligro para lasalud humana o <strong>de</strong>gra<strong>de</strong>n y contaminen el medio ambiente, serán sancionados con prisión <strong>de</strong> dos a cuatro años. Igual pena seaplicará a quien produzca, tenga en posesión, comercialice, introduzca armas químicas o biológicas.Art. 437 B.- El que infringiere las normas sobre protección <strong>de</strong>l ambiente, vertiendo residuos <strong>de</strong> cualquier naturaleza, por encima<strong>de</strong> los límites fijados <strong>de</strong> conformidad con la ley, si tal acción causare o pudiere causar perjuicio o alteraciones a la flora, la fauna,el potencial genético, los recursos hidrobiológicos o la biodiversidad, será reprimido con prisión <strong>de</strong> uno a tres años, si el hechono constituyere un <strong>de</strong>lito más severamente reprimido.Art. 437 C.- La pena será <strong>de</strong> tres a cinco años <strong>de</strong> prisión cuando:a) Los actos previstos en el artículo anterior ocasionen daños a la salud <strong>de</strong> las personas o a sus bienes;b) El perjuicio o alteración ocasionados tengan carácter irreversible;c) El acto sea parte <strong>de</strong> activida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>sarrolladas clan<strong>de</strong>stinamente por su autor, o,d) Los actos contaminantes afecten gravemente recursos naturales necesarios para la actividad económica.Art. 437 D.- Si a consecuencia <strong>de</strong> la actividad contaminante se produce la muerte <strong>de</strong> una persona, se aplicará la pena previstapara el homicidio inintencional, si el hecho no constituye un <strong>de</strong>lito más grave.En caso <strong>de</strong> que a consecuencia <strong>de</strong> la actividad contaminante se produzcan lesiones, impondrá las penas previstas en losartículos 463 a 467 <strong>de</strong>l Código Penal.Art. 437 E.- Se aplicará la pena <strong>de</strong> uno a tres años <strong>de</strong> prisión, si el hecho no constituyere un <strong>de</strong>lito más severamente reprimido,al funcionario o empleado público que actuando por sí mismo o como miembro <strong>de</strong> un cuerpo colegiado, autorice o permita,contra <strong>de</strong>recho, que se viertan residuos contaminantes <strong>de</strong> cualquier clase por encima <strong>de</strong> los límites fijados <strong>de</strong> conformidad con laley, así como el funcionario o empleado cuyo informe u opinión haya conducido al mismo resultado.CÓDIGO ORGÁNICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN (COOTAD)Entró en vigencia por publicación en Registro Oficial No. 303 <strong>de</strong> 19 <strong>de</strong> Octubre <strong>de</strong> 2010. Deroga la anterior Ley <strong>de</strong> RégimenMunicipal.42ADEPLAN CIA. LTDADIRECCION: CIUDAD DE LOJACALLE LOURDES Y 24 DE MAYO ESQUINATELF: 2550125www.a<strong>de</strong>plan.com