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Propuesta<br />
VI. PROPUESTAS APROBADAS<br />
Que por parte de la Secretaría de Estado de Hacienda y de los Centros<br />
Directivos competentes en la materia, se estudien los problemas que<br />
plantea la normativa en vigor en materia de pagos fraccionados, para<br />
realizar las pertinentes propuestas de cambio normativo que eviten los<br />
inconvenientes más arriba expuestos que el sistema actual produce, sin<br />
perder de vista la necesidad de mantener un sistema ágil y eficaz de gestión<br />
del impuesto.<br />
PROPUESTA 4/<strong>2001</strong><br />
Motivación<br />
Sobre la imposición de sanciones derivadas de declaraciones<br />
tributarias realizadas con ayuda del programa PADRE<br />
Se han planteado ante este Consejo para la Defensa del Contribuyente<br />
quejas relativas a las discrepancias entre las declaraciones tributarias<br />
presentadas por los contribuyentes realizadas con ayuda del Programa<br />
PADRE y las liquidaciones provisionales derivadas de la actuación<br />
comprobadora de los órganos de gestión.<br />
Es reiterada la respuesta que se ha dado a las mismas, haciendo saber<br />
que la comprobación gestora de tales declaraciones no es distinta de la que<br />
se lleva a cabo respecto de las autoliquidaciones presentadas por el<br />
contribuyente sin asistencia administrativa alguna. En efecto, la utilización<br />
de programas de ayuda para la realización de la declaración de la renta,<br />
como el denominado Programa PADRE, no exonera al contribuyente del<br />
cumplimiento de sus respectivos deberes tributarios ni a la Administración<br />
del ejercicio de sus potestades de comprobación.<br />
Este Consejo para la Defensa del Contribuyente viene señalando que en<br />
tales supuestos no es la Administración quien realiza la declaración “en<br />
lugar del” contribuyente, ni tampoco quien liquida el impuesto, sino que es<br />
el propio sujeto pasivo quien cumple personalmente con el deber de<br />
autoliquidación del IRPF La utilización de tales programas informáticos o<br />
la colaboración prestada por el personal que la AEAT pone al servicio de<br />
los contribuyentes sólo pretenden facilitar los deberes de declaración<br />
tributaria y agilizar y hacer más eficaces las tareas de gestión, pero es a<br />
dicho contribuyente a quien corresponde aportar todos los datos con<br />
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