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VII. INFORME DE LA SEH<br />
podría realizar un pago fraccionado sin que posteriormente exista deuda<br />
tributaria, lo cual podría afectar a los principios de proporcionalidad,<br />
capacidad económica y no confiscatoriedad.<br />
El Consejo realiza un repaso de la regulación normativa del cálculo de<br />
los pagos fraccionados en el Impuesto sobre Sociedades y analiza cuales<br />
pueden ser las dificultades que pueden motivar las quejas de los<br />
contribuyentes.<br />
El Consejo considera que las principales dificultades que sería necesario<br />
solventar serían las debidas a tres causas. En primer lugar, las derivadas de<br />
que, con carácter general, la opción por un método u otro de cálculo de los<br />
pagos fraccionados únicamente pueda realizarse dentro de los dos primeros<br />
meses del período impositivo.<br />
En segundo lugar, en el método basado en la cuota íntegra del último<br />
impositivo cuyo plazo de declaración ya hubiera vencido, sistema que el<br />
Consejo denomina de cálculo de cuota histórica, los problemas podrían<br />
surgir debido a que, en un mismo período impositivo, los pagos<br />
fraccionados deban basarse en cuotas correspondientes a dos años<br />
diferentes, y a la posible desproporción de los pagos fraccionados cuando<br />
se haya producido una disminución de la actividad económica.<br />
Por último, en tercer lugar, en el método basado en la base imponible<br />
del ejercicio, las dificultades pueden venir por el hecho de que no se tengan<br />
en cuenta todas las magnitudes que determinan la cuota a ingresar por el<br />
Impuesto sobre Sociedades, en concreto, la dotación de la Reserva por<br />
Inversiones en Canarias, las deducciones para evitar la doble imposición y<br />
las deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades.<br />
B) Propuesta<br />
Que por parte de la Secretaría de Estado de Hacienda y de los Centros<br />
Directivos competentes en la materia, se estudien los problemas que<br />
plantea la normativa en vigor en materia de pagos fraccionados, para<br />
realizar las pertinentes propuestas de cambio normativo que eviten los<br />
inconvenientes más arriba expuestos que el sistema actual produce, sin<br />
perder de vista la necesidad de mantener un sistema ágil y eficaz de gestión<br />
del impuesto.<br />
C) Medidas<br />
Analizadas las motivaciones y las propuestas realizadas por el Consejo<br />
de Defensa del Contribuyente es necesario poner de manifiesto las<br />
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