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II. EL CDC EN EL AÑO <strong>2001</strong><br />
las mismas que no desempeñan un puesto de trabajo específico del<br />
Consejo.<br />
En la norma tercera se regulan las funciones de las Unidades<br />
Receptoras, pudiendo resumirse en la adecuada recepción del escrito, su<br />
acuse de recibo e inscripción en el libro habilitado al efecto y por último en<br />
el envío a la Unidad de Tramitación correspondiente.<br />
Segunda fase: tramitación del expediente<br />
En la norma cuarta se recoge detalladamente el proceso de tramitación<br />
por las Unidades Tramitadoras: dar de alta a la queja como tal, o<br />
sugerencia, proceder a su codificación y designar mediante oficio el<br />
Servicio responsable de la contestación.<br />
Tercera fase: contestación por el Servicio responsable<br />
En la norma quinta se señalan las características que deben reunir las<br />
contestaciones dadas a los contribuyentes:<br />
a) Ser completas, en el sentido de dar respuesta a todas las cuestiones<br />
planteadas.<br />
b) Concreción y claridad en el lenguaje utilizado.<br />
c) Ser suficientes, explicando la normativa seguida en la actuación de la<br />
Administración.<br />
d) Informar sobre las actuaciones para solucionar la queja.<br />
e) En su caso, pedir disculpas sobre las anomalías o retrasos constatados en<br />
el funcionamiento de los servicios.<br />
f) Indicar expresamente al ciudadano la posibilidad de dirigir al Consejo<br />
escrito de disconformidad.<br />
En la norma sexta se explicitan las actuaciones de las Unidades<br />
Tramitadoras en aras de establecer un control de calidad de las<br />
contestaciones efectuadas por los Servicios para dar a las quejas la solución<br />
más adecuada bajo los criterios de eficacia, agilidad y objetividad. Estas<br />
actuaciones pueden consistir en:<br />
- Informe adicional para la mejor valoración de los hechos por el Consejo<br />
Contestación complementaria si la contestación se considera<br />
insuficiente.<br />
- Informe complementario en caso de disconformidad con la contestación.<br />
Por último, la Instrucción establece en diversos anexos varios modelos<br />
de comunicación de las Unidades Tramitadoras con los Servicios<br />
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