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MEMORIA 2001

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II. EL CDC EN EL AÑO <strong>2001</strong><br />

las mismas que no desempeñan un puesto de trabajo específico del<br />

Consejo.<br />

En la norma tercera se regulan las funciones de las Unidades<br />

Receptoras, pudiendo resumirse en la adecuada recepción del escrito, su<br />

acuse de recibo e inscripción en el libro habilitado al efecto y por último en<br />

el envío a la Unidad de Tramitación correspondiente.<br />

Segunda fase: tramitación del expediente<br />

En la norma cuarta se recoge detalladamente el proceso de tramitación<br />

por las Unidades Tramitadoras: dar de alta a la queja como tal, o<br />

sugerencia, proceder a su codificación y designar mediante oficio el<br />

Servicio responsable de la contestación.<br />

Tercera fase: contestación por el Servicio responsable<br />

En la norma quinta se señalan las características que deben reunir las<br />

contestaciones dadas a los contribuyentes:<br />

a) Ser completas, en el sentido de dar respuesta a todas las cuestiones<br />

planteadas.<br />

b) Concreción y claridad en el lenguaje utilizado.<br />

c) Ser suficientes, explicando la normativa seguida en la actuación de la<br />

Administración.<br />

d) Informar sobre las actuaciones para solucionar la queja.<br />

e) En su caso, pedir disculpas sobre las anomalías o retrasos constatados en<br />

el funcionamiento de los servicios.<br />

f) Indicar expresamente al ciudadano la posibilidad de dirigir al Consejo<br />

escrito de disconformidad.<br />

En la norma sexta se explicitan las actuaciones de las Unidades<br />

Tramitadoras en aras de establecer un control de calidad de las<br />

contestaciones efectuadas por los Servicios para dar a las quejas la solución<br />

más adecuada bajo los criterios de eficacia, agilidad y objetividad. Estas<br />

actuaciones pueden consistir en:<br />

- Informe adicional para la mejor valoración de los hechos por el Consejo<br />

Contestación complementaria si la contestación se considera<br />

insuficiente.<br />

- Informe complementario en caso de disconformidad con la contestación.<br />

Por último, la Instrucción establece en diversos anexos varios modelos<br />

de comunicación de las Unidades Tramitadoras con los Servicios<br />

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