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CEPAL - SERIE Desarrollo territorial N° 3 Políticas e instituciones para el desarrollo económico territorial <strong>en</strong>…<br />
Aunque es indudable que las reglas constitucionales de 1991 inc<strong>en</strong>tivan a los <strong>en</strong>tes<br />
territoriales para avanzar <strong>en</strong> las tareas relacionadas con el desarrollo económico, el l<strong>en</strong>to progreso<br />
<strong>en</strong> el desarrollo legislativo, de manera que se reconozca al territorio como gestor de cambio y no<br />
solo como un espacio geográfico homogéneo funcional, rezaga la autonomía política,<br />
administrativa y fiscal. Es decir, no obstante lo g<strong>en</strong>eroso y positivo que ti<strong>en</strong><strong>en</strong> estos cont<strong>en</strong>idos<br />
normativos <strong>en</strong> cuanto a profundizar la desc<strong>en</strong>tralización <strong>en</strong> términos redistributivos, pareciera que<br />
solo bastara con presuponer sus efectos favorables <strong>en</strong> cuanto al DET sin avanzar hacia definiciones<br />
más precisas y difer<strong>en</strong>ciales que permitan su operacionalización, haci<strong>en</strong>do que se diluyan <strong>en</strong> un<br />
mismo contin<strong>en</strong>te las políticas g<strong>en</strong>erales con implicaciones espaciales y las políticas regionales.<br />
Para que el país recorra una s<strong>en</strong>da de desarrollo económico territorial es apremiante adoptar<br />
una visión más integral y definir un nuevo ord<strong>en</strong>ami<strong>en</strong>to territorial, retirando las restricciones e<br />
intereses políticos particulares y regionales, pues per se, las actuales delimitaciones administrativas<br />
están lejos de responder a la lógica de funcionami<strong>en</strong>to y desdoblami<strong>en</strong>to de las actividades<br />
económicas. Esto permitirá articular efectivam<strong>en</strong>te las dinámicas regionales y locales facilitando un<br />
desarrollo económico y social sost<strong>en</strong>ido, mant<strong>en</strong>er la unidad de las políticas y estrategias, y otorgar<br />
a los territorios una clara autonomía y protagonismo como sujetos de su pot<strong>en</strong>cial de desarrollo, lo<br />
que a la postre se traducirá <strong>en</strong> un reforzami<strong>en</strong>to de la base económica y social estatal.<br />
Las normas referidas a la participación democrática y los partidos políticos reflejan que <strong>en</strong><br />
los últimos años se han realizado esfuerzos importantes por ampliar y ext<strong>en</strong>der los espacios y<br />
formas de participación <strong>en</strong> las regiones y municipios, lo cual sumado al hecho que las formas de<br />
organización han adquirido características democráticas expresadas <strong>en</strong> mayor repres<strong>en</strong>tación<br />
regional y local, capacidad de interv<strong>en</strong>ción de delegados territoriales e incorporación de<br />
problemáticas locales <strong>en</strong> los programas nacionales de acción política, d<strong>en</strong>otan un marcado interés<br />
por fortalecer la democracia local.<br />
Las normas relacionadas con la organización territorial reflejan dos grandes preocupaciones.<br />
En primer lugar, la necesidad de contar con una nueva estructura g<strong>en</strong>eral de ord<strong>en</strong>ami<strong>en</strong>to<br />
territorial, y <strong>en</strong> segundo lugar, a partir de este nuevo régim<strong>en</strong> territorial, contemplar posibilidades<br />
de asociación territorial que impriman vigor al desarrollo económico y social. Sin embargo, el<br />
problema a que se ha <strong>en</strong>fr<strong>en</strong>tado la materialización de estos dos asuntos, radica <strong>en</strong> que hasta el<br />
pres<strong>en</strong>te no se ha puesto siquiera <strong>en</strong> discusión <strong>en</strong> el parlam<strong>en</strong>to el desarrollo legislativo <strong>en</strong> materia<br />
de ord<strong>en</strong>ami<strong>en</strong>to territorial como quedó previsto <strong>en</strong> la Constitución Política.<br />
Las normas vinculadas con el régim<strong>en</strong> económico indican que aunque el Estado reserva para<br />
sí la potestad de interv<strong>en</strong>ir fundam<strong>en</strong>talm<strong>en</strong>te <strong>en</strong> áreas que ti<strong>en</strong><strong>en</strong> que ver con la justicia<br />
distributiva, se observa un especial énfasis por involucrar <strong>en</strong> las tareas del desarrollo al sector<br />
privado como a la comunidad, reflejando que su búsqueda no es una función exclusiva del sector<br />
público sino que exige el compromiso de todos los ag<strong>en</strong>tes. Así mismo, vale resaltar que la<br />
planeación y su concertación, además de ser una opción arraigada <strong>en</strong> la cultura institucional<br />
colombiana es una forma excepcional <strong>en</strong> el contexto latinoamericano, cuyo propósito es facilitar el<br />
pl<strong>en</strong>o empleo de los recursos, asegurar el acceso efectivo a bi<strong>en</strong>es y servicios, y promover el<br />
desarrollo armónico de las regiones.<br />
Estos postulados y progresos constitucionales favorec<strong>en</strong> el DET <strong>en</strong> tanto propugnan por la<br />
apertura y autonomía de los difer<strong>en</strong>tes ag<strong>en</strong>tes responsables de la dinámica económica y social de<br />
los territorios, distribuy<strong>en</strong> responsabilidades <strong>en</strong> campos específicos y abr<strong>en</strong> oportunidades<br />
considerándolos actores fundam<strong>en</strong>tales para materializar el cambio. Sin embargo, los roles que<br />
deb<strong>en</strong> ser asumidos por los pot<strong>en</strong>ciales actores y promotores del desarrollo económico territorial<br />
guardan difer<strong>en</strong>cias <strong>en</strong> cuanto a sus responsabilidades.<br />
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