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Documento completo en formato pdf - Cepal

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CEPAL - SERIE Desarrollo territorial N° 3 Políticas e instituciones para el desarrollo económico territorial <strong>en</strong>…<br />

Norma<br />

Órgano/actor/<br />

instrum<strong>en</strong>to<br />

TABLA 12 (conclusión)<br />

Funciones y responsabilidades <strong>en</strong> materia de desarrollo económico<br />

Ley 136 de 1994 Régim<strong>en</strong> Municipal Artículo 3, corresponde al municipio: i) ord<strong>en</strong>ar el desarrollo de su territorio y<br />

construir las obras que demande el progreso municipal, ii) planificar el<br />

desarrollo económico, social y ambi<strong>en</strong>tal de su territorio <strong>en</strong> coordinación con<br />

otras <strong>en</strong>tidades, iii) velar por el adecuado manejo de los recursos y del medio<br />

ambi<strong>en</strong>te y iv) promover el mejorami<strong>en</strong>to económico y social de los habitantes<br />

del respectivo municipio<br />

Artículo 91, las funciones que le correspond<strong>en</strong> al alcalde <strong>en</strong> relación con la<br />

promoción de desarrollo económico local. El alcalde es responsable de<br />

pres<strong>en</strong>tar los proyectos de acuerdo al concejo sobre planes y programas de<br />

desarrollo económico y social y de obras públicas que deberán estar<br />

coordinados con los planes de desarrollo departam<strong>en</strong>tales y nacionales<br />

Artículo 141, abre un espacio para la Participación Comunitaria <strong>en</strong> el<br />

desarrollo local, al establecer que las organizaciones comunitarias, cívicas,<br />

juv<strong>en</strong>iles, profesionales, de utilidad común no gubernam<strong>en</strong>tales, <strong>en</strong>tre otras,<br />

podrán vincularse al desarrollo y mejorami<strong>en</strong>to municipal mediante la<br />

prestación de servicios públicos, la ejecución de obras publicas.<br />

Artículo 148, dos o mas municipios de uno o mas departam<strong>en</strong>tos podrán<br />

asociarse para la prestación de servicios públicos, la ejecución de obras <strong>en</strong><br />

procura del desarrollo integral de los territorios. La fórmula mas lógica es una<br />

Asociación de Municipios. Esta figura permite formalizar las relaciones de<br />

cooperación <strong>en</strong> torno a proyectos que interesan a varias municipalidades a<br />

propósito de mejorar la economía local: carreteras, caminos, pu<strong>en</strong>tes, c<strong>en</strong>tros<br />

de acopio, comercialización de productos, etc.<br />

Ley 131 de 1994 Voto programático Mecanismo de participación mediante el cual los ciudadanos que votan para<br />

elegir gobernadores y alcaldes, impon<strong>en</strong> como mandato al elegido el<br />

cumplimi<strong>en</strong>to del programa de gobierno que haya pres<strong>en</strong>tado como parte<br />

integral <strong>en</strong> la inscripción de su candidatura.<br />

Ley 388 de 1997 Planes de Ord<strong>en</strong>ami<strong>en</strong>to<br />

Territorial<br />

Ley 715 de 2001 Compet<strong>en</strong>cias <strong>en</strong> Otros<br />

Sectores<br />

Fu<strong>en</strong>te: elaboración propia.<br />

Instrum<strong>en</strong>tos efici<strong>en</strong>tes para ori<strong>en</strong>tar el desarrollo del territorio y regular la<br />

utilización, transformación y ocupación del espacio, de acuerdo con las<br />

estrategias de desarrollo socioeconómico y <strong>en</strong> armonía con el medio<br />

ambi<strong>en</strong>te y las tradiciones históricas y culturales. El instrum<strong>en</strong>to para ello es<br />

el Plan de Ord<strong>en</strong>ami<strong>en</strong>to Territorial que deberá ser formulado por todos los<br />

municipios<br />

Artículo 76, corresponde a los Municipios, directa o indirectam<strong>en</strong>te, con<br />

recursos propios, del Sistema G<strong>en</strong>eral de Participaciones u otros recursos,<br />

promover, financiar o coofinanciar proyectos de interés municipal y <strong>en</strong><br />

especial ejercer las sigui<strong>en</strong>tes compet<strong>en</strong>cias:<br />

Sector agropecuario: promover, participar y/o financiar proyectos de desarrollo<br />

del área rural; prestar, directa o indirectam<strong>en</strong>te el servicio de asist<strong>en</strong>cia<br />

técnica agropecuaria y promover mecanismos de asociación y de alianzas de<br />

pequeños y medianos productores<br />

Promoción del desarrollo: promover asociaciones y concertar alianzas<br />

estratégicas para apoyar el desarrollo empresarial e industrial del municipio y<br />

<strong>en</strong> g<strong>en</strong>eral las actividades g<strong>en</strong>eradoras de empleo y promover la<br />

capacitación, apropiación tecnológica avanzada y asesoría empresarial<br />

Empleo: promover el empleo y la protección a los desempleados<br />

Sin embargo, la exist<strong>en</strong>cia de normas e instrum<strong>en</strong>tos no garantiza por si solas el<br />

cumplimi<strong>en</strong>to de las funciones y responsabilidades, ya que estas pued<strong>en</strong> no desarrollarse y<br />

aplicarse, o <strong>en</strong> su defecto cuando esto último sucede están expuestas a distorsionarse. Al respecto,<br />

es importante anotar que algunos instrum<strong>en</strong>tos de planeación como son los planes de desarrollo<br />

municipal y los POT’s, que de alguna manera sirv<strong>en</strong> a los propósitos del DET vi<strong>en</strong><strong>en</strong> pres<strong>en</strong>tando<br />

importantes fallas relacionadas con el hecho que se han constituido más <strong>en</strong> simples requisitos<br />

formales y legales, desfigurándose su función de servir como verdaderas herrami<strong>en</strong>tas de gestión.<br />

Por ejemplo, <strong>en</strong> relación con los planes de desarrollo municipal, el DNP y el Fondo Nacional<br />

de Proyectos de Desarrollo–FONADE convocaron a un concurso para elegir el “Mejor Plan de<br />

Desarrollo Municipal 2004–2007” dirigido a los municipios de categoría 3, 4, 5 y 6 (96 %), donde<br />

se tuvo <strong>en</strong> cu<strong>en</strong>ta que durante su formulación se cumpliera con el proceso de participación y<br />

concertación llevado a cabo, visión estratégica e integración del plan con el departam<strong>en</strong>tal y<br />

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