09.07.2015 Views

vFuLA

vFuLA

vFuLA

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Implicaciones en el ámbito legislativo:acción y omisiónAntes de la reforma constitucional en materia de derechoshumanos, en principio y según la doctrina tradicional, el PoderLegislativo estaba obligado a mantener la coherenciamaterial del sistema jurídico, para lo cual tenía como únicoparámetro los derechos contenidos en la Constitución. 1 Lajurisprudencia había confirmado esa tesis al reconocer a lostratados internacionales en un plano jerárquico inferior alde la Constitución. De esta manera, se mantenía una concepciónpiramidal de la jerarquía normativa y solamente seubicaba a los derechos constitucionales como parámetro devalidez frente al legislador secundario (cuadro 7). 2Este sistema obligaba a los legisladores a desarrollar elordenamiento jurídico de acuerdo con los principios fundamentalescontenidos exclusivamente en la Constitución.Cuando realizaba una reforma constitucional que incorporabaun nuevo derecho o modificaba alguno ya existente, el PoderLegislativo sólo tenía la obligación de adecuar la legislación1En principio, porque la obligación del Estado mexicano de adecuar el derechointerno frente a los estándares internacionales del Sistema Interamericanode Derechos Humanos existía desde el 3 de febrero de 1981, fecha en queratificó la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que adoptó estaobligación en virtud de su artículo 2, como se explica más adelante.2Hans Kelsen, La garantía jurisdiccional de la Constitución. (La justicia constitucional),México, iij/unam, 2001, pp. 22, 52-53. Véase, por ejemplo, la tesis resultantedel amparo en revisión 1475/98, de noviembre de 1999: Tratados internacionales.Se ubican jerárquicamente por encima de las leyes federales y en un segundoplano respecto de la Constitución federal (Suprema Corte de Justicia de la Nación,Época: novena, Instancia: Pleno, Tipo: tesis aislada P. LXXVII/99, en Semanario Judicialde la Federación y su Gaceta, t. X, noviembre de 1999, p. 46).131

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!