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La reforma constitucional sobre derechos humanos. Una guía conceptual[…]3. Los derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionalesde derechos humanos serán de directa e inmediata aplicación por y antecualquier servidora o servidor público, administrativo o judicial, de oficio o a peticiónde parte. Para el ejercicio de los derechos y las garantías constitucionales no se exigiráncondiciones o requisitos que no estén establecidos en la Constitución o la ley.Los derechos serán plenamente justiciables. No podrá alegarse falta de normajurídica para justificar su violación o desconocimiento, para desechar la acción poresos hechos ni para negar su reconocimiento.[…]7. El reconocimiento de los derechos y garantías establecidos en la Constitución yen los instrumentos internacionales de derechos humanos, no excluirá los demásderechos derivados de la dignidad de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades,que sean necesarios para su pleno desenvolvimiento.8. El contenido de los derechos se desarrollará de manera progresiva a través de lasnormas, la jurisprudencia y las políticas públicas. El Estado generará y garantizarálas condiciones necesarias para su pleno reconocimiento y ejercicio. Será inconstitucionalcualquier acción u omisión de carácter regresivo que disminuya, menoscabeo anule injustificadamente el ejercicio de los derechos.Artículo 417Los tratados internacionales ratificados por el Ecuador se sujetarán a lo establecido enla Constitución. En el caso de los tratados y otros instrumentos internacionales de derechoshumanos se aplicarán los principios pro ser humano, de no restricción de derechos,de aplicabilidad directa y de cláusula abierta establecidos en la Constitución.Artículo 424La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamientojurídico. Las normas y los actos del poder público deberán mantener conformidadcon las disposiciones constitucionales; en caso contrario carecerán de eficacia jurídica.La Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por elEstado que reconozcan derechos más favorables a los contenidos en la Constitución,prevalecerán sobre cualquier otra norma jurídica o acto del poder público.216

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