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La reforma constitucional sobre derechos humanos. Una guía conceptualEstá prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavosdel extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solohecho, su libertad y la protección de las leyes.Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional,el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condicionesde salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil ocualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anularo menoscabar los derechos y libertades de las personas.Esta disposición coloca a México en sintonía con la mejor tradición del constitucionalismocontemporáneo. De hecho, detrás de la reforma se encuentra la paulatinaapertura del sistema político mexicano al derecho internacional; un proceso quecondujo al reconocimiento de la competencia contenciosa de la Corte Interamericanade Derechos Humanos (Corte idh) en 1988 y a la adhesión y ratificación de múltiplesinstrumentos internacionales en el ámbito de los derechos humanos. Natalia Saltalamacchiay Ana Covarrubias explican la maduración de este proceso con las siguientesideas:Mediante la interacción entre factores internos e internacionales a lo largode seis décadas […], México pasó de sostener una posición defensiva a unaproactiva frente al régimen internacional de derechos humanos.[…]Para que los derechos humanos llegaran a ser prioritarios en la políticaexterior de México debió primero desarrollarse un proceso por el cual losmexicanos se familiarizaron con este paradigma y lo adoptaron como lenteinterpretativo de su propia situación política y social. Esta socializaciónde los derechos humanos en México comenzó en la década de los ochenta, dela mano de organizaciones de la sociedad civil principalmente y se extendióa partidos políticos y gobernantes.[…][Además] los cambios en la política exterior de México coincidieron contransformaciones en el orden internacional que potenciaron la capacidad deinfluencia de las redes transnacionales de derechos humanos. 11Natalia Saltalamacchia y Ana Covarrubias Velasco, Derechos humanos en política exterior. Seis casos latinoamericanos,México, itam-Miguel Ángel Porrúa, 2011, pp. 199, 201 y 203.16

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