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GUIA VASCA DE ESTIBA PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCIAS POR CARRETERA

Borrador de la guía encargada por Gobierno Vasco

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5. RESPONSABILIDAD <strong>DE</strong> LA CARGA, <strong>ESTIBA</strong> Y AMARRE<br />

3. RESPONSABILIDAD <strong>DE</strong>L EXPEDIDOR<br />

GUÍA <strong>VASCA</strong> <strong>DE</strong> <strong>ESTIBA</strong> <strong>PARA</strong> <strong>EL</strong> <strong>TRANS<strong>POR</strong>TE</strong> <strong>DE</strong> MERCANCÍAS <strong>POR</strong> <strong>CARRETERA</strong><br />

G U I A V A S C A D E E S T I B A P A R A E L T R A N S P O R T E D E<br />

M E R C A N C Í A S P O R C A R R E T E R A<br />

La Guía Europea de Mejores Prácticas sobre sujeción de cargas para el<br />

transporte de carreteras realiza una adaptación de los criterios de la normativa<br />

europea para definir, de forma general, las obligaciones del expedidor. La<br />

normativa pública estatal no menciona a esta figura ni le impone especiales<br />

deberes, sin embargo, debemos guiarnos por lo señalado a continuación:<br />

El expedidor deberá realizar:<br />

1 Descripción correcta de la carga, que comprenda al menos: a) la masa<br />

de la carga y cada unidad de carga; b) la posición del centro de gravedad<br />

de cada unidad de carga en caso de que no esté en el centro; c) las<br />

dimensiones del embalaje de cada unidad de carga; d) las limitaciones del<br />

apilamiento y la orientación que hay que aplicar durante el transporte; e)<br />

toda la información adicional necesaria para una sujeción adecuada.<br />

2 Garantizar que las unidades de carga están correctamente embaladas<br />

para soportar las tensiones previstas en condiciones de transporte<br />

normales, incluidas las fuerzas de amarre que hay que aplicar.<br />

3 Garantizar que las mercancías peligrosas están clasificadas,<br />

embaladas y etiquetadas correctamente.<br />

4 Garantizar que los documentos relativos al transporte de mercancías<br />

peligrosas están cumplimentados y firmados.<br />

5 Garantizar que el vehículo y el equipo de sujeción son idóneos para la<br />

carga que se va a transportar.<br />

6 Garantizar que toda la información relacionada con la capacidad de<br />

sujeción del vehículo se comunica a la persona encargada de realizar la<br />

carga.<br />

7 Garantizar que no se produzca ninguna interacción no deseada entre la<br />

carga de las diferentes personas encargadas de llevar a cabo el trabajo.<br />

8 Como punto adicional: El criterio jurisprudencial, incluye el cumplimiento<br />

del deber “in vigilando” por los dueños de establecimientos mercantiles<br />

(artículos 1.902 y 1.903) del Código Civil, así como el cumplimiento de la<br />

Ley de Prevención de Riesgos Laborales y Real Decreto 171/2004,<br />

respecto las obligaciones como empresa titular y/o principal.<br />

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