IV Edición Revista Derecho en Sociedad - Ulacit
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DERECHO EN SOCIEDAD, N . º 4 . Enero del 2013<br />
<strong>Revista</strong> electrónica de la Facultad de <strong>Derecho</strong>, ULACIT – Costa Rica<br />
De esta manera, rompi<strong>en</strong>do con algunos estereotipos de género, se propuso que no se <br />
podía considerar la criminalidad fem<strong>en</strong>ina como una masculinización de las mujeres por <br />
p<strong>en</strong>sar que ellas romp<strong>en</strong> con los roles sociales esperados adoptando los del “género <br />
masculino”, los cuales han estado social y culturalm<strong>en</strong>te vinculados al delito. De la misma <br />
manera, la explicación de la delincu<strong>en</strong>cia <strong>en</strong> las mujeres tampoco podía explicarse por una <br />
manifestación ilegítima de sus “roles fem<strong>en</strong>inos” esperados; más bi<strong>en</strong>, la tarea era <br />
empezar a explicarla tras la compr<strong>en</strong>sión particular de los factores estructurales y <br />
culturales de las mujeres <strong>en</strong> su vinculación con la criminalidad. Estos avances, producto <br />
también del movimi<strong>en</strong>to de mujeres y feministas, han logrado que cambie la imag<strong>en</strong> <br />
concebida para las mujeres y que con ello se consiga desp<strong>en</strong>alizar actitudes de <br />
discriminación <strong>en</strong> algunas legislaciones y <strong>en</strong> los tipos de delitos que antes perjudicaban de <br />
manera especial a las mujeres, como por el ejemplo la prostitución y el adulterio 7 (Yagüe, <br />
2006) <br />
A las mujeres se les concibe difer<strong>en</strong>te porque se les trata distinto cuando com<strong>en</strong>t<strong>en</strong> un <br />
delito. Las faltas de las mujeres, sus errores o todo aquello que está “fuera de la ley moral” <br />
se le sanciona y se le juzgan de manera más dura y difer<strong>en</strong>te. Esto ha quedado reflejado <strong>en</strong> <br />
la forma de hacer la política criminal que demás está decir que para cumplir con los <br />
requisitos de una política con derechos humanos, ti<strong>en</strong>e que además velar o ser consci<strong>en</strong>te <br />
de las difer<strong>en</strong>cias de género, sus historias y sus condiciones. <br />
Además, no puede existir una concepción objetiva que trata de igualar las difer<strong>en</strong>cias que <br />
de por sí exist<strong>en</strong> a la vista. La acción delictiva de las mujeres no puede concebirse igual que <br />
la de los hombres, estas <strong>en</strong>tran a la cárcel <strong>en</strong> un 7% a la par de un 93 % de los hombres. De <br />
7 Tanto la prostitución como el adulterio, a pesar de que dejaron de p<strong>en</strong>alizarse <strong>en</strong> algunos países <br />
occid<strong>en</strong>tales como los europeos o americanos, sigu<strong>en</strong> si<strong>en</strong>do delitos graves cometidos por las mujeres <strong>en</strong> <br />
otras culturas. Sin embargo, también existe otra acción que es considerada como delito muy fem<strong>en</strong>ino: el <br />
aborto. Es preciso dejar claro que la legislación con respecto al aborto ti<strong>en</strong>e sus traspiés y que durante <br />
muchos siglos <strong>en</strong> la antigüedad no era un acto al que se hacía mayor refer<strong>en</strong>cia. Según datos de Calvo (1993), <br />
fue sino hasta el siglo XIX cuando abiertam<strong>en</strong>te castigado, porque el papa Pío IX retomó la Bula Effranatan y <br />
estipuló excomunión como p<strong>en</strong>a para qui<strong>en</strong>es consintieran o practicaran el aborto. Se puede leer más sobre el <br />
tema <strong>en</strong> esta autora. <br />
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