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Finalmente 1290 los venecianos son derrotados y en el 1291 se<br />
establece la paz, con la promesa por parte de Venecia de pagar al<br />
Patriarca 10.065.- ducados por las tierras de Istria ocupadas.<br />
La primera mitad del siglo XIV fue un periodo de prosperidad para<br />
Trieste; los enfrentamientos con Venecia fueron mínimos a pesar de que<br />
la belicosidad del Comune fue en aumento y proporcional al florecer del<br />
<strong>com</strong>ercio ciudadano que estaba en plena expansión.<br />
Tenemos noticias de de un primer enfrentamiento con Duino en<br />
1303 y luego existe la firma de un acuerdo de paz en el año 1328 entre<br />
Trieste y Ugon de Duino quien era en ese tiempo Capitano del Comune<br />
de Gorizia 150 y que se encontraba junto con Enrique Conde de Gorizia en<br />
conflicto con el Patriarca de Aquilea por lo que se solicitaba<br />
indirectamente que Trieste no lo apoyara.<br />
A pesar de este tratado Trieste si ayudará en algún modo al<br />
Patriarca ya que en el año 1338 se firma un acuerdo de paz en<br />
Monfalcone entre Enrique Conde de Gorizia y el Comune de Trieste.<br />
Lo que es necesario aclarar es que a pesar de los roces y<br />
escaramuzas en general se respiraba en Trieste un clima de paz y<br />
prosperidad donde los triestinos buscaban progresar y enriquecerse<br />
mientras el Comune, <strong>com</strong>o órgano político buscaba su afianzamiento<br />
definitivo <strong>com</strong>o modelo de gobierno.<br />
Dentro de ese clima de nuevos tiempos y progreso en el año de<br />
1319 se establecen los primeros estatutos del Comune. 151<br />
150<br />
-Biblioteca Civica di Trieste. Archivio dei Vicedomini.<br />
151<br />
- El decreto de aprobación y publicación de los Estatutos de Trieste del año 1350 fue copiado del Prologo<br />
del Doge Giacopo Tiepolo que se encuentra en los libros de los Estatutos Vénetos del año 1242. Lo que<br />
cambia es donde se menciona “Ducado” se sustituye por Podestaria, San Marco patrón de Venecia es<br />
sustituido por los cinco Santos protectores de Trieste y por último se cambian los nombres de los Sabios<br />
consultados para la redacción del documento. Luego más adelante las diferencias entre el Prologo del Doge<br />
Gia<strong>com</strong>o Tiepolo y el del Prologo del Podestà Giovanni Foscari se centran en las diferencias que existían entre<br />
el jus veneto y el jus triestino.El Doge ordenaba que a falta de leyes explicitas se utilizara la analogía: de<br />
similibus est ad similia procedendum, a falta de una analogía se utilizaría la costumbre: ad consuetudinem<br />
approbatam y a falta de una tradición consuetudinaria se tenia que juzgar sicut justum et aequum eorum<br />
providentiae apparebit. Todo esto porque los venecianos rechazaban el jus <strong>com</strong>ún y las leyes romanas<br />
considerando que no habían sido redactas para la zona de las lagunas. Hasta 1253 no hubo mucha posibilidad<br />
por parte del Comune de establecer leyes propias; algunas leyes penales se promulgaron frenando el poder del<br />
Gastaldo y se reconocen porqué en los primeros estatutos <strong>com</strong>ienzan con el termino Ordinamus. Estos<br />
estatutos se registraron en un libro sin ningún tipo de orden o clasificación de tiempo. Se conoce también que<br />
existió un libro inicial que se denominó posteriormente Liber veterum Statutorum; sin embargo este no ha<br />
llegado hasta nuestros días y se conoce de su existencia por encontrarse la referencia al margen de los<br />
estatutos reconocidos más antiguos del año 1319. Además existe la prueba de la existencia de ese libro<br />
primitivo por su mención en un documento del año 1293, 151 en el cual se le ofrece la Potestaria a Mosca della<br />
Torre. Pero el primer Código fue re<strong>com</strong>pilado en el 1319 después de la conjura de los Ranfi consistía de cuatro<br />
libros: forma municipal, jus penal, jus civil, finanzas y policía.<br />
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